La Fiscalía General de la Nación ha documentado un incremento patrimonial superior a 442 mil millones de pesos atribuido a Fast Moda S.A.S., propietaria de la cadena Lili Pink. Las pruebas recabadas en las audiencias muestran que más de 300 tiendas operaron durante más de una década como fachada para introducir textiles de contrabando y lavar recursos a través de seis sociedades constituidas en Panamá. Las empresas Malta Blue S.A., Nepal Blue S.A., 5G S.A., Trechos S.A., Betsy Blue S.A. y One Boy S.A. figuraban como destinatarias de mercancía que nunca llegó a esos destinos, mientras los verdaderos controladores permanecían ocultos bajo la apariencia de directivos operativos locales.
Los primeros indicios datan de 2013, cuando la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales recibió denuncias sobre inconsistencias en las importaciones. A partir de ese momento se configuró un esquema que combinaba declaraciones falsas, rotulación alterada de prendas y envío de utilidades al exterior. Los operativos posteriores confirmaron que cajas etiquetadas como fabricadas en Colombia contenían productos importados, y que una misma referencia aparecía registrada a nombre de dos importadores distintos para fragmentar la trazabilidad.

Personas de baja jerarquía como testaferros
Uno de los hallazgos más reveladores es el uso sistemático de empleados operativos —conductores, operarios y tesoreros— como representantes legales de las sociedades panameñas. Joey Sabady Omsani aparece registrado como conductor de varias de estas empresas, mientras Malaquilla Vismar Hernández figura vinculada a un establecimiento de comida rápida en Panamá. Esta práctica reduce el riesgo de que los verdaderos dueños figuren en documentos públicos, pero también genera rastros indirectos: multas de tránsito y registros comerciales que la cooperación judicial permitió cruzar con la investigación colombiana. El patrón demuestra que el entramado dependía de una capa intermedia de lealtad que, una vez expuesta, facilita la reconstrucción de la cadena de mando.
Competencia desleal frente a importadores regulares
El esquema generó una ventaja de costos estimada entre 35 % y 45 % respecto a los importadores que cumplían con aranceles y requisitos sanitarios. Tiendas competidoras del segmento medio reportaron caídas de hasta 18 % en ventas durante los años de mayor expansión de Lili Pink. La Sociedad de Activos Especiales, encargada ahora de administrar las tiendas, enfrenta el dilema de mantener la operación sin repetir los mismos canales de abastecimiento irregular. Cualquier intento de normalizar inventarios tropieza con la falta de proveedores locales capaces de sustituir el volumen de textiles que antes ingresaban por vía ilícita.
Contradicciones entre la defensa y la evidencia aduanera
Los ocho directivos imputados sostienen que las sociedades panameñas respondían a operaciones legítimas de comercio exterior y que las inconsistencias detectadas obedecen a errores administrativos. Sin embargo, la Fiscalía presentó actas de liquidación de empresas creadas y disueltas en lapsos menores a seis meses, un ritmo incompatible con cualquier actividad comercial estable. Además, el cruce de información con Panamá reveló que los supuestos administradores carecían de domicilio real en ese país y que las direcciones registradas correspondían a despachos de abogados que prestan servicios de formación de sociedades. Esta brecha entre la versión corporativa y los registros oficiales debilita la estrategia de defensa y aumenta la probabilidad de que el proceso avance hacia la etapa de juicio.
Riesgo de contagio a otros sectores minoristas
El modelo descubierto en Lili Pink —importación fragmentada, rotulación falsa y salida de capitales a través de jurisdicciones de baja supervisión— puede replicarse en otros rubros con alta rotación de inventario, como calzado, accesorios electrónicos o productos de belleza. La Dian ha identificado ya patrones similares en al menos dos cadenas de tiendas de ropa en Bogotá y Medellín, aunque aún no se han realizado intervenciones. Si las autoridades no endurecen los controles de origen en aduanas y no exigen mayor transparencia en la titularidad de sociedades extranjeras, el incentivo económico para repetir el esquema permanece intacto.
El rol de la SAE y la preservación del valor de los activos
La intervención de la Sociedad de Activos Especiales busca evitar que las tiendas pierdan valor mientras avanza el proceso judicial. No obstante, la administración temporal enfrenta limitaciones operativas: no puede realizar nuevas importaciones sin resolver la trazabilidad de la mercancía, y cualquier decisión de venta de inventario debe contar con aprobación judicial. Empleados de las tiendas reportan incertidumbre sobre la continuidad laboral y la posible reducción de nómina si las ventas no se recuperan. Esta situación genera un efecto colateral sobre más de 2.000 trabajadores directos que dependen de la operación, independientemente de la responsabilidad penal de los directivos.
Perspectivas de endurecimiento normativo
El caso ha impulsado discusiones en el Congreso sobre la obligatoriedad de declarar beneficiarios finales de sociedades constituidas en el exterior cuando estas realicen operaciones con Colombia. Una propuesta en estudio plantea que las aduanas exijan certificados de existencia y representación legal apostillados para cualquier importador que declare procedencia de Panamá, Barbados o Delaware. Aunque la medida elevaría los costos de cumplimiento para el comercio legítimo, reduciría el margen de maniobra de estructuras similares a las identificadas en el proceso contra Fast Moda. El resultado dependerá de la capacidad de la Dian y la Fiscalía para sostener la cooperación internacional más allá de este expediente.
La evolución del caso Lili Pink ilustra cómo un esquema de lavado de activos puede sostenerse durante años mediante la combinación de apariencia comercial y fragmentación jurídica. La exposición de las sociedades panameñas y el uso de testaferros de baja jerarquía ofrecen a las autoridades una hoja de ruta para detectar operaciones análogas, siempre que los controles de origen y la verificación de beneficiarios finales se fortalezcan de manera sostenida.
