Suprema Corte inicia receso con plazos activos

La Suprema Corte de Justicia de la Nación concluyó su primer periodo ordinario de sesiones de 2026 y entró en receso del 16 de julio al 2 de agosto. Durante estos 18 días no se realizarán sesiones jurisdiccionales ordinarias, aunque una comisión integrada por dos ministros atenderá únicamente los asuntos considerados urgentes. El tribunal aclaró que esta pausa no equivale a un cierre completo de sus funciones y que los mecanismos esenciales para recibir documentos permanecerán operativos.

Calendario legal que rige las sesiones

El artículo 3 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación establece dos periodos ordinarios anuales. El primero comienza el primer día hábil de enero y termina el último día hábil de la primera quincena de julio. El segundo inicia el primer día hábil de agosto y concluye el último día hábil de la primera quincena de diciembre. Esta estructura, prevista desde hace décadas, permite al tribunal organizar su carga de trabajo sin que el receso represente una medida excepcional.

La interrupción afecta principalmente la discusión de proyectos en el pleno, mientras se mantiene personal de guardia para casos que no admitan espera. Esta organización busca equilibrar el derecho al descanso del personal judicial con la necesidad de mantener abiertos canales de acceso a la justicia en asuntos sensibles.

Comisión de receso y alcance limitado

La Comisión de Receso estará integrada por la ministra Loretta Ortiz Ahlf y el ministro Giovanni Azael Figueroa Mejía. Su mandato se circunscribe a resolver asuntos cuya urgencia se determine por la naturaleza del caso, los plazos involucrados y las consecuencias de posponer su atención. La comisión no sustituye al pleno ni resuelve expedientes ordinarios acumulados.

Esta delimitación de funciones refleja una práctica consolidada que prioriza la continuidad de los servicios esenciales sin alterar el equilibrio institucional entre los periodos de actividad y descanso. En la práctica, solo una fracción mínima de los expedientes recibe atención durante estas semanas.

Suprema Corte inicia receso con plazos activos

Plazos que continúan y los que se suspenden

El plazo para presentar acciones de inconstitucionalidad sigue corriendo porque se cuenta en días naturales. Quienes están facultados por el artículo 105 constitucional deben respetar el término de 30 días desde la publicación de la norma impugnada, independientemente del receso. En cambio, los plazos procesales de acciones ya iniciadas, controversias constitucionales, juicios de amparo y recursos quedan suspendidos.

Esta distinción protege el derecho de impugnación de normas generales mientras evita que los expedientes en trámite avancen sin la participación completa del tribunal. La diferencia entre días naturales y días hábiles cobra especial relevancia en materia electoral, donde todos los días se consideran hábiles y los tiempos resultan más estrictos.

Canales disponibles para la recepción de documentos

La Oficina de Certificación Judicial y Correspondencia atenderá de 8:00 a 16:00 horas, con guardias fuera de ese horario. El correo institucional [email protected] queda habilitado solo para consultas administrativas y sobre sistemas tecnológicos. Las demandas, recursos y promociones jurisdiccionales deben presentarse exclusivamente a través de los mecanismos establecidos en el Acuerdo General 1/2025; su envío por correo electrónico carece de validez legal.

El buzón judicial del edificio sede, ubicado en Pino Suárez número 2 del Centro Histórico de la Ciudad de México, operará de 9:00 a 24:00 horas incluso en días inhábiles para recibir escritos vinculados a acciones de inconstitucionalidad y asuntos electorales. Este servicio garantiza que los plazos que siguen corriendo no se vean afectados por la ausencia de sesiones ordinarias.

Reinicio de actividades y preparación institucional

Las actividades ordinarias se reanudarán el lunes 3 de agosto con el inicio del segundo periodo de sesiones de 2026, que se extenderá hasta la primera quincena de diciembre. El tribunal ya publicó las listas de asuntos programados para las próximas sesiones, lo que permite a los litigantes y autoridades anticipar la carga de trabajo posterior al receso.

El diseño de este calendario refleja una preocupación institucional por preservar tanto la capacidad de respuesta del tribunal como el derecho de los actores facultados a ejercer sus atribuciones dentro de los términos constitucionales. La experiencia de periodos anteriores muestra que la combinación de receso parcial y canales limitados de atención logra mantener el funcionamiento del sistema sin generar cuellos de botella significativos al reinicio de labores.

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