Abogados ante el nuevo código judicial

La exigencia de capacitar a los abogados en Baja California ya no responde a una discusión académica, sino a un cambio estructural en la forma de impartir justicia. La advertencia de la presidenta estatal de la Alianza Mexicana de Abogados, Reyna Ramírez Oropeza, apunta a un punto sensible: la entrada en operación del nuevo Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares no solo modifica reglas procesales, también redefine qué tipo de litigante podrá competir con ventaja en un sistema cada vez más digitalizado, más técnico y menos tolerante a la improvisación.

En Tijuana el asunto adquiere una dimensión particular. El municipio será de los últimos en incorporar el nuevo código, no por desinterés, sino por una combinación de factores materiales: mayor población, más carga judicial, necesidad de salas, sistemas de audio, equipo tecnológico y presupuesto suficiente para sostener audiencias digitales y expedientes electrónicos. Esa demora, lejos de ser un simple aplazamiento administrativo, revela una asimetría de fondo entre el diseño normativo y la capacidad real de implementación. El problema no es solo cuándo entra la reforma, sino si las instituciones y los operadores jurídicos están listos para sostenerla sin degradar el servicio.

La Cumbre Nacional de Abogados 2026, celebrada en CANACO Tijuana, funciona como un termómetro de esa transición. Que el debate se concentre en capacitación y procedimientos, y no solo en doctrina o actualización normativa, indica que el gremio ya percibe un cambio de ciclo. La justicia civil y familiar en México camina hacia modelos más documentados, con mayor traza digital y menor margen para la oralidad improvisada. Eso obliga a los litigantes a dominar no solo la ley, sino también herramientas tecnológicas, gestión documental, audiencias remotas y estrategias de litigio adaptadas a plataformas electrónicas.

Hay aquí una primera conclusión relevante: la reforma no castiga únicamente a quien no estudie, sino sobre todo a quien no pueda invertir en capacidades. La capacitación dejó de ser un complemento profesional para convertirse en una barrera de entrada. En la práctica, los despachos pequeños, los abogados independientes y quienes ejercen fuera de los grandes corredores urbanos enfrentarán un costo adicional para mantenerse competitivos. No se trata solo del precio de un diplomado; pesan también el tiempo, la conectividad, el equipo, la curva de aprendizaje y la necesidad de ajustar procesos internos. En un mercado jurídico fragmentado, esa carga puede ampliar la brecha entre quienes operan con infraestructura robusta y quienes sobreviven con recursos mínimos.

El punto más delicado está en el artículo 666, que ha generado inquietud por la referencia a la especialización de quienes litigan en materia familiar. El problema no es menor. Cuando una norma exige especialización pero no define con precisión qué estudios, certificaciones o criterios acreditan esa condición, abre una zona gris donde pueden coexistir interpretaciones administrativas, exigencias cambiantes y posibles litigios sobre la validez de los requisitos. En términos institucionales, eso produce incertidumbre. En términos profesionales, introduce una pregunta de fondo: ¿quién decide qué significa estar capacitado y con base en qué estándares?

La postura de la Alianza Mexicana de Abogados no es un rechazo frontal a la actualización. Su crítica apunta a otro nivel: el Poder Judicial estaría fijando criterios que modifican aspectos no previstos en los artículos transitorios del nuevo código. Esa objeción merece atención porque remite a un dilema clásico de toda reforma judicial: la distancia entre la norma aprobada y su reglamentación práctica. Cuando los órganos de aplicación llenan vacíos con criterios propios, la promesa de uniformidad puede transformarse en un mosaico de requisitos variables. Para los abogados, eso no solo complica la planeación profesional; también afecta la seguridad jurídica de los usuarios finales, que dependen de procedimientos previsibles para resolver divorcios, custodia, pensiones o convivencia familiar.

La referencia a la falta de diplomados con Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios en Tijuana agrega otro ángulo incómodo. Si el mercado local ofrece cursos, pero ninguno con RVOE, la oferta formativa queda en una especie de limbo: suficiente para generar actividad comercial, insuficiente para garantizar estándares reconocidos. Ese vacío fortalece la idea de que la capacitación no puede quedar exclusivamente en manos privadas. El Poder Judicial, las universidades y los colegios profesionales tendrían que construir una ruta común de formación, con criterios verificables y contenidos alineados a la implementación real del nuevo sistema. De lo contrario, la formación se convertirá en un negocio disperso antes que en una política pública de profesionalización.

Hay también un segundo efecto, menos visible pero más profundo: el nuevo modelo puede reordenar el poder dentro del propio gremio. Los abogados que se adapten antes tendrán ventajas en tiempos de respuesta, manejo digital y conocimiento procedimental. Eso puede desplazar a despachos tradicionales que dependían de la experiencia acumulada y del dominio informal de juzgados locales. En el corto plazo, la reforma podría beneficiar a perfiles jóvenes, más familiarizados con plataformas electrónicas. En el mediano, sin embargo, ese relevo no será automático; dependerá de si el acceso a capacitación es amplio o si se concentra en unos cuantos actores con capacidad de pago.

La futura creación de un Centro de Convivencia Familiar en el Parque Morelos, además del ya existente en Mariano Matamoros, sugiere que la transición no se limita a papeles y audiencias. En materia familiar, los espacios físicos siguen siendo indispensables porque muchas resoluciones dependen de supervisión, convivencia asistida y atención especializada. La digitalización no elimina la dimensión humana del conflicto familiar; solo la reorganiza. Si el sistema no fortalece estos centros al mismo ritmo que moderniza sus expedientes, el riesgo es evidente: una justicia más rápida en el trámite, pero insuficiente en la atención de los conflictos que más daño social producen.

Desde la óptica del usuario del sistema, el cambio debe medirse por resultados concretos: menor rezago, audiencias más ordenadas, trazabilidad de los expedientes y decisiones mejor sustentadas. Pero en la fase de transición suelen aparecer costos ocultos. Un nuevo código puede generar más suspensiones por fallas técnicas, más diferimientos por desconocimiento de los operadores y más diferencias de criterio entre juzgados. Experiencias recientes de digitalización judicial en otras entidades muestran que, sin capacitación intensiva y soporte tecnológico permanente, la modernización puede producir retrasos temporales antes de lograr eficiencia real. El riesgo no es la reforma en sí, sino una implementación desigual que termine castigando a quienes litigan casos urgentes de familia.

El escenario más probable para Tijuana y el resto de Baja California es una adopción escalonada, con tensiones iniciales y ajustes sucesivos. La pregunta de fondo no es si el nuevo código llegará, sino bajo qué condiciones. Si la transición se apoya solo en exhortos a los abogados, el sistema trasladará la carga de adaptación al eslabón más expuesto. Si, en cambio, el Poder Judicial asume la formación como parte de su propia infraestructura, con capacitación certificada, criterios públicos y soporte técnico, la reforma podrá traducirse en una justicia más moderna y menos arbitraria. Lo que está en juego no es una actualización de forma, sino la capacidad del sistema para no convertir la modernización en un nuevo factor de exclusión.

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