Aerocivil multa a American Airlines por comisiones

La Aeronáutica Civil de Colombia impuso una multa de 65,3 millones de pesos a American Airlines por no pagar la comisión mínima establecida en la regulación a una agencia de viajes local. La resolución 02124 del 3 de julio de 2026 cierra un proceso que comenzó en 2023 y que pone en evidencia las tensiones entre aerolíneas y distribuidores en el mercado de tiquetes internacionales vendidos en el país.

El caso se originó cuando la agencia Best Travel emitió un tiquete el 31 de marzo de 2023 para un vuelo entre Nueva York y Madrid. La agencia reclamó 27.095 pesos como comisión, monto que la aerolínea rechazó argumentando que el trayecto no iniciaba en Colombia. La Asociación Colombiana de Agencias de Viajes y Turismo (Anato) llevó el asunto ante la autoridad aeronáutica, que determinó que el lugar de la venta, y no el origen del vuelo, activa la obligación de pago.

La norma que define la comisión

La Resolución 3596 de 2006 establece que toda venta de transporte aéreo internacional realizada en Colombia genera una comisión mínima del 1 %. La autoridad señaló en su fallo que esta disposición no contempla excepciones geográficas ni distingue entre vuelos que comienzan en Estados Unidos, Canadá u otro país. El único criterio relevante es que la transacción se perfeccione dentro del territorio nacional.

American Airlines sostuvo durante el proceso que no existía obligación cuando el vuelo tenía origen fuera de Colombia y que, además, la agencia habría cobrado una comisión excesiva. La empresa también cuestionó que el Grupo de Investigaciones y Sanciones a las Infracciones (GISI) no hubiera realizado averiguaciones preliminares antes de abrir la investigación sancionatoria en marzo de 2024.

Aerocivil multa a American Airlines por comisiones

Argumentos de ambas partes

Durante la etapa probatoria, la aerolínea solicitó el archivo de la investigación al considerar que no había elementos suficientes para una sanción. Anato, por su parte, insistió en que la norma es clara y que el rechazo al pago constituia una infracción directa. La Aerocivil revisó los documentos y concluyó que American Airlines incumplió la regulación al negarse a reconocer la comisión generada por la venta realizada en Colombia.

La decisión deja abierta la posibilidad de que la aerolínea presente recurso de reposición dentro de los plazos establecidos. De confirmarse la multa, el pago deberá realizarse a favor de la agencia involucrada, aunque el monto final podría ajustarse si prospera algún recurso.

Impacto en la comercialización de tiquetes

El fallo refuerza la interpretación de que el punto de venta determina la aplicación de la comisión, independientemente del itinerario del pasajero. Esta posición podría influir en futuras disputas entre aerolíneas y agencias que comercializan rutas internacionales desde Colombia, especialmente en un contexto donde las ventas en línea han aumentado y los modelos de distribución se han diversificado.

Para las agencias, el resultado representa una señal de que las autoridades están dispuestas a hacer cumplir la regulación vigente cuando se demuestre que la venta ocurrió en el país. Para las aerolíneas, el caso evidencia la necesidad de revisar sus políticas internas de pago de comisiones en mercados donde existen normas específicas sobre comercialización de tiquetes.

El proceso administrativo también reveló que la discusión se limitó a una sola operación, aunque Anato había planteado la queja de manera más amplia. La autoridad se pronunció únicamente sobre el expediente concreto y no emitió directrices generales sobre otras situaciones similares que podrían presentarse en el futuro.

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