Las personas que tienen bajo su cuidado a víctimas de violencia feminicida en Yucatán pueden solicitar un apoyo económico bimestral de entre 1,600 y 8,000 pesos por cada víctima, informó la Secretaría de las Mujeres del Gobierno del Estado. El beneficio puede otorgarse durante un periodo máximo de 12 meses y está destinado a contribuir con gastos de salud, educación, alimentación y vivienda.
El programa permanece disponible de manera permanente, por lo que la solicitud no está limitada a una convocatoria con fechas específicas de apertura y cierre, de acuerdo con la información oficial difundida por la dependencia. Sin embargo, la entrega del recurso no es automática: cada trámite debe ser revisado y validado por la autoridad conforme a la documentación presentada y a las condiciones del caso.
Un respaldo dirigido a quienes asumen el cuidado
El apoyo está dirigido a personas físicas cuidadoras de víctimas de violencia feminicida. La medida reconoce que, después de un hecho de violencia, las responsabilidades de atención pueden recaer en familiares u otras personas responsables, quienes deben cubrir traslados, consultas, medicamentos, alimentación, continuidad escolar o necesidades relacionadas con la vivienda.
El monto no es único para todas las solicitudes. La Secretaría de las Mujeres establece un rango de 1,600 a 8,000 pesos bimestrales por víctima, cuya determinación depende de las circunstancias particulares de cada expediente. Si el respaldo se mantiene durante los 12 meses autorizados, podría comprender hasta seis periodos bimestrales, aunque la duración final queda sujeta a la resolución administrativa.

Documentos que deben presentarse
Para iniciar el procedimiento, la persona solicitante debe presentar una identificación oficial vigente. La dependencia contempla como documentos válidos la credencial para votar del INE o del IFE, la licencia de conducir o el pasaporte. La identificación debe incluir el nombre y la firma de quien realiza la solicitud.
También se requiere la CURP de cada una de las víctimas de violencia feminicida que se encuentren bajo el cuidado de la persona solicitante. La información disponible señala estos documentos como requisitos principales; durante la revisión, la autoridad puede formular observaciones o solicitar las aclaraciones que correspondan antes de emitir una resolución.
La exigencia de identificar a cada víctima permite vincular el apoyo con una situación concreta de cuidado y establecer el número de personas que serán consideradas en el trámite. Por ello, no se trata de un subsidio general para hogares, sino de una ayuda condicionada a la responsabilidad acreditada sobre víctimas incluidas en el expediente.
Dos vías para iniciar el trámite
La solicitud puede realizarse en línea o de manera presencial en los módulos de atención de la Secretaría de las Mujeres. En la modalidad digital, la persona interesada debe ingresar al sistema y seleccionar el botón “Iniciar”. Posteriormente, tiene que solicitar el tipo de trámite correspondiente y esperar la validación o las observaciones de la autoridad.
Una vez revisada la información, el proceso contempla la recepción del resolutivo, es decir, la determinación administrativa sobre la solicitud, y la programación de una cita. La secuencia muestra que el registro electrónico funciona como el inicio del procedimiento, pero no elimina la etapa de revisión documental ni la posible atención presencial.
En la modalidad presencial, el personal recibe la solicitud, verifica los documentos, programa la cita correspondiente y entrega el resolutivo. La diferencia principal entre ambas vías está en el punto de inicio y en la forma de presentar la documentación; en ambos casos, la aprobación depende de la validación realizada por la dependencia.
Atención en Mérida y causas de rechazo
Las personas interesadas pueden acudir a la Secretaría de las Mujeres en Circuito Colonias, calle 14, número 189, entre las calles 17 y 19, colonia Miraflores, en Mérida, Yucatán. El horario de atención es de lunes a viernes, de 8:00 a 20:00 horas, y los sábados, de 9:00 a 13:00 horas.
Para solicitar información, la dependencia habilitó los números telefónicos (999) 923 37 11 y (999) 923 37 19. Antes de acudir, confirmar los requisitos y la disponibilidad de atención puede ayudar a evitar desplazamientos innecesarios, especialmente para quienes deben trasladarse con una víctima o dependen de horarios limitados de cuidado.
La Secretaría de las Mujeres advierte que una solicitud puede ser rechazada cuando no se cuenta con la documentación requerida. La falta de identificación oficial con nombre y firma, o de las CURP de las víctimas bajo cuidado, puede impedir que el expediente avance. La información publicada no indica que la entrega sea inmediata ni que todas las solicitudes reciban el monto máximo.
Un programa sujeto a reglas de operación
El apoyo se encuentra regulado por el Código de la Administración Pública de Yucatán y por las Reglas de Operación del programa de subsidios o ayudas denominado “Apoyo Económico para Personas Cuidadoras de Víctimas de Violencia Feminicida”. Ese marco establece las condiciones administrativas para recibir los recursos y da sustento a la revisión de cada caso.
Para las familias cuidadoras, la relevancia del programa está en que ofrece un respaldo periódico y no una entrega única, aunque su alcance depende del monto autorizado y de que la ayuda se mantenga dentro del límite de un año. La disponibilidad permanente facilita presentar solicitudes en distintos momentos, pero la documentación completa sigue siendo el primer paso para que la autoridad pueda evaluar el apoyo.
