El ex secretario técnico del Ayuntamiento de Tlahualilo, Juan Carlos Cázares Sandoval, fue sentenciado a cuatro años y ocho meses de prisión por el delito de ejercicio indebido del servicio público, en un fallo emitido en Durango que cierra una investigación iniciada a partir de una denuncia interna presentada por integrantes del Cabildo municipal.
La Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción de la entidad informó que obtuvo la sentencia condenatoria y que, además de la pena privativa de la libertad, el tribunal impuso una multa de 32 mil 329 pesos. La resolución judicial se derivó de una carpeta de investigación construida por el Ministerio Público Especializado, que acreditó la responsabilidad penal del exfuncionario ante el juez de la causa.

La denuncia que activó la investigación
De acuerdo con la información difundida por la autoridad estatal, el expediente se abrió a partir de una denuncia presentada por integrantes del Cabildo de Tlahualilo. Esa vía de origen resulta relevante porque sitúa el caso dentro de un conflicto sobre el funcionamiento interno del gobierno municipal y no como una pesquisa derivada de hechos aislados. La acusación giró en torno al desempeño de Cázares Sandoval como secretario técnico, cargo que habría ejercido sin que existiera sustento jurídico para hacerlo.
La Fiscalía explicó que la investigación estableció que el cargo de secretario técnico no estaba contemplado en la estructura orgánica municipal aprobada, por lo que su ejercicio no tenía respaldo en el diseño institucional del Ayuntamiento. En términos prácticos, ello significa que el funcionario asumió funciones dentro de la administración sin contar con atribuciones formalmente reconocidas, una conducta que, según la autoridad ministerial, produjo perjuicio a la función pública.
Un caso con impacto administrativo
Más allá de la pena impuesta, el expediente pone el foco en una falla de control dentro de la administración municipal: la existencia de funciones desempeñadas al margen de la estructura autorizada. En el ámbito público, este tipo de irregularidades no sólo comprometen la legalidad de los actos administrativos, sino que también abren la puerta a decisiones tomadas por personas sin facultades claramente delimitadas, con el riesgo de afectar la trazabilidad de responsabilidades y la validez de procesos internos.
La sentencia también envía un mensaje sobre el alcance de las denuncias presentadas desde el propio gobierno local. En este caso, fue el Cabildo quien dio origen a la revisión penal, lo que sugiere una disputa institucional resuelta en sede judicial y no mediante controles exclusivamente administrativos. La condena, sin embargo, no cierra automáticamente el debate sobre los mecanismos de vigilancia al interior de los ayuntamientos, donde la discrecionalidad en la asignación de funciones suele convertirse en un punto vulnerable.
Con el fallo, la Fiscalía anticorrupción de Durango consolidó una resolución que combina sanción penal y multa económica, mientras que el caso de Tlahualilo queda como un precedente sobre la obligación de ceñir cada nombramiento y cada función pública a la estructura aprobada por la autoridad competente. En un contexto donde la legalidad administrativa suele quedar relegada frente a necesidades operativas inmediatas, la sentencia subraya que el ejercicio del servicio público exige no sólo presencia en el cargo, sino también base normativa para ejercerlo.
