Cuba mantiene la libreta de abastecimiento en 2026

La libreta de abastecimiento sigue vigente en Cuba en 2026 como mecanismo estatal para registrar consumidores y regular la compra de alimentos básicos dentro de la Canasta Familiar Normada. En agosto, el sistema acumula 64 años desde su creación legal y 63 desde la puesta en marcha formal de las Oficinas de Control y Distribución de Alimentos, conocidas como Oficodas.

La primera fecha fundacional es el 12 de marzo de 1962, cuando se aprobó la Ley 1015, que estableció el racionamiento de productos de consumo corriente y creó la Junta Nacional para la Distribución de los Abastecimientos. La segunda es el 12 de julio de 1963, inicio formal de las oficinas encargadas de administrar el registro y las libretas.

Cada persona inscrita queda vinculada a un núcleo de consumidores, una bodega y otros establecimientos minoristas definidos por su domicilio. El Ministerio del Comercio Interior fija las normas; la Oficoda registra al consumidor y otorga la libreta, con la que se habilita la compra en los comercios asignados.

La canasta puede incluir arroz, azúcar, aceite, granos, sal, pastas, café y algunos productos cárnicos. Su composición y las cantidades disponibles cambian según las disposiciones oficiales y el abastecimiento.

La libreta no supone la entrega gratuita de alimentos. Permite comprar productos normados, muchos de ellos a precios subsidiados, por lo que los consumidores pagan una parte de su costo. El documento también determina qué cantidad de determinados artículos puede adquirir cada núcleo dentro del sistema racionado.

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