La barra de proteína X-Gear, comercializada por Farmacias Similares bajo la marca asociada al Dr. Simi, mantiene en su sitio oficial desde al menos julio de 2026 una declaración de 154.7 kilocalorías por porción de 57 gramos. Esta cifra contrasta con los 240 kilocalorías reportados en un análisis de laboratorio difundido en mayo por el nutriólogo Aries Terrón a través de su proyecto independiente Proyecto VERA.
Valores declarados por el fabricante
Según la ficha técnica disponible en la página de la marca al 31 de julio de 2026, cada barra contiene 21 gramos de proteína, 2.8 gramos de grasa total, 8 gramos de carbohidratos disponibles y 7 gramos de fibra dietética. El producto se presenta como libre de azúcares añadidos y grasas trans, orientado a personas activas que buscan cubrir requerimientos proteicos. La fórmula incluye proteínas de soya, leche, suero y huevo, junto con aceites vegetales, polidextrosa, glicerina y sirope de arroz integral.
La promoción en Farmacias Similares refuerza el mensaje de 21 gramos de proteína por porción, sin modificar los datos energéticos ni la leyenda de ausencia de azúcares añadidos pese a la presencia de dextrosa y sirope de arroz integral en la lista de ingredientes.
Análisis difundido por Proyecto VERA
Los datos atribuidos al laboratorio por Aries Terrón muestran variaciones notables: 240 kilocalorías, 19 gramos de proteína, 9.2 gramos de grasa, 20.5 gramos de carbohidratos disponibles y 2.8 gramos de fibra. La proteína presenta una diferencia menor, cercana al 10 por ciento, mientras que las calorías aumentan alrededor del 55 por ciento y la grasa se multiplica por más de tres. Terrón también reportó 11.85 gramos de azúcares reductores por cada 100 gramos de producto.

Estas cifras no provienen de una verificación oficial de Profeco ni de una alerta emitida por Cofepris. El alcance público del análisis omite detalles como el nombre del laboratorio, el número de informe, el lote analizado y los métodos empleados, lo que limita la posibilidad de contrastar su validez técnica.
Contexto regulatorio mexicano
La NOM-051 establece que los azúcares añadidos incluyen aquellos presentes en jarabes y mieles incorporados durante la elaboración. La coexistencia de la leyenda “sin azúcares añadidos” con ingredientes como el sirope de arroz integral genera una zona de ambigüedad que requiere aclaración por parte de la empresa o revisión por la autoridad competente. Sin embargo, la mera presencia de estos componentes no equivale automáticamente a una infracción confirmada hasta que se examine la etiqueta física del lote y los criterios técnicos aplicables.
En México, los laboratorios que auxilian a Cofepris reciben la denominación de Terceros Autorizados, mientras que la acreditación de competencia técnica corresponde a entidades como la Entidad Mexicana de Acreditación. La falta del nombre del laboratorio y del alcance documental impide verificar cuál de estas figuras aplica al caso.
Consideraciones para el consumidor
Quienes adquieren el producto pueden comparar la información impresa en el empaque físico con la ficha en línea, ya que las formulaciones pueden modificarse entre lotes. Resulta útil conservar fotografías del empaque, número de lote, fecha de caducidad y comprobante de compra. Cualquier posible irregularidad en el etiquetado puede reportarse mediante denuncia sanitaria ante Cofepris o a través del correo de Profeco destinado a publicidad engañosa.
La diferencia más relevante para el usuario radica en el contenido energético y en los macronutrientes que afectan el conteo calórico diario, más que en la cantidad de proteína, que muestra menor variación. Esto subraya la importancia de contar con información verificable para quienes utilizan estos productos como parte de planes de alimentación controlada.
Estado actual de la información
Al cierre de julio de 2026, las páginas oficiales de X-Gear y Farmacias Similares seguían publicando los valores originales sin respuesta pública al análisis difundido por Terrón. El caso ilustra cómo iniciativas independientes pueden generar alertas tempranas, aunque su peso regulatorio depende de la confirmación mediante procedimientos oficiales y la entrega de informes completos que permitan una evaluación técnica rigurosa.
La confianza en productos de consumo masivo se sostiene en la coincidencia entre lo declarado y lo contenido. Mientras no exista una resolución de las autoridades sanitarias o de protección al consumidor, corresponde al público evaluar la información disponible y ejercer los mecanismos de denuncia establecidos.
