Haber trabajado sin estar inscrito en el IMSS o en el ISSSTE no cierra la puerta al Seguro de Desempleo de la Ciudad de México en 2026. La Secretaría de Trabajo y Fomento al Empleo (STyFE) prevé mecanismos alternativos para acreditar que sí existió una relación laboral, una precisión relevante para miles de personas que perdieron su empleo sin que su patrón las diera de alta ante una institución de seguridad social.
La regla de fondo es clara: no basta con afirmar que hubo trabajo, sino demostrar quién fue el empleador, en qué centro laboral se prestaron los servicios, durante qué periodo y por qué terminó el vínculo. En ese punto se concentra la evaluación de la autoridad, que puede aceptar documentos distintos a las constancias de semanas cotizadas cuando el solicitante no tuvo cobertura formal.

Qué sí puede acreditar el empleo
Las reglas del programa contemplan varias vías. Entre ellas figuran una constancia laboral expedida por el centro de trabajo, citatorios emitidos por una autoridad competente, documentación vinculada con una demanda laboral y convenios celebrados y ratificados ante la autoridad laboral. No se trata de presentar todo al mismo tiempo, sino de encuadrar el caso en la vía documental que corresponda.
La constancia laboral, cuando se usa como soporte principal, debe cumplir requisitos específicos. Tiene que emitirse en papel membretado si la empresa cuenta con él, incluir nombre, cargo y firma de quien la expide y señalar el domicilio fiscal y el del centro de trabajo en la capital. También debe precisar fecha de ingreso y egreso, puesto desempeñado, número telefónico y el motivo de separación del empleo. Si la empresa ya no existe, ese hecho debe asentarse en el documento.
La verificación no es automática
La STyFE conserva la facultad de comprobar la información. La documentación puede verificarse por teléfono y, en su caso, mediante visitas físicas del área de verificación del Seguro de Desempleo. Esa posibilidad explica por qué la autoridad insiste en que los datos sean reales, localizables y actualizados. Una carta elaborada solo para cubrir el requisito formal puede quedar corta si no resiste revisión posterior.
Cuando la primera entrega no acredita de manera suficiente la relación laboral, la dependencia puede pedir pruebas adicionales. En revisiones previas de convocatorias anteriores, la autoridad solicitó a algunos aspirantes recibos de pago, gafetes, credenciales y otros documentos auténticos que ayudaran a respaldar lo asentado en la constancia. El criterio no cambia: lo que importa es corroborar hechos laborales verificables, no fabricar expedientes.
Escenarios con conflicto o cierre de empresa
El programa también prevé situaciones más complejas, como las que derivan de un conflicto con el patrón o del cierre del centro laboral. Si existe un procedimiento ante una autoridad laboral, pueden servir un citatorio, una constancia de última actuación junto con la demanda inicial o un convenio ratificado, según el estado procesal del caso. Si la empresa cerró, el solicitante debe conservar toda la documentación auténtica que permita reconstruir la relación de trabajo y atender las indicaciones específicas de la autoridad.
En términos prácticos, no tener IMSS o ISSSTE no da una ventaja para recibir el apoyo; solo obliga a demostrar por otra vía un empleo real y una separación involuntaria. Ese matiz es importante porque el Seguro de Desempleo está diseñado para personas que perdieron su trabajo formal por causas ajenas a su voluntad, no para cubrir cualquier salida del mercado laboral. Por eso, más que la ausencia de seguridad social, lo decisivo es la calidad de la prueba y su consistencia con el resto de los requisitos del programa.
