El despojo en CDMX: una eficacia difícil de medir

La disputa estadística entre el Gobierno de la Ciudad de México y la Fiscalía capitalina no es un desacuerdo menor sobre la forma de presentar un informe. Expone un problema más profundo: ambas instituciones están describiendo fenómenos distintos con la misma palabra, “efectividad”. Mientras la jefa de Gobierno, Clara Brugada, afirmó que el Gabinete Contra el Despojo alcanzó una tasa de 82%, la fiscal general, Bertha Alcalde Luján, reportó 185 restituciones de inmuebles entre 388 casos clasificados como posibles despojos. Esa cifra equivale a 47.7%, casi 34 puntos porcentuales por debajo del indicador presumido por el Ejecutivo local.

La diferencia tiene una explicación aritmética, pero sus consecuencias son políticas y operativas. El 82% surge de sumar 185 restituciones, 84 aseguramientos y 48 acciones de otra naturaleza: 317 intervenciones en total, divididas entre 388 asuntos considerados posibles despojos. El cálculo es correcto como proporción de actuaciones, pero no demuestra que ocho de cada diez inmuebles hayan sido devueltos, ni que ocho de cada diez investigaciones hayan concluido con una resolución favorable para las víctimas.

La Fiscalía, por su parte, tampoco aclaró si cada acción corresponde a un expediente distinto, si un mismo inmueble recibió varias medidas o cuántas carpetas fueron judicializadas. Sin esa información, el público puede confundir una intervención preventiva con una restitución efectiva, y un aseguramiento temporal con la solución definitiva del conflicto. El centro de la controversia no está, por tanto, en el resultado de una división, sino en qué se está midiendo.

Cuando una acción se convierte en “caso resuelto”

El Gabinete Contra el Despojo recibió mil 32 asuntos durante sus 13 meses de operación. De ellos, 388 —37.6%— fueron considerados posibles despojos, mientras que 644 —62.4%— se clasificaron principalmente como controversias civiles. En términos de gestión, esta separación puede ser razonable: no todo incumplimiento de renta, disputa hereditaria o contrato de compraventa incumplido constituye un delito. Pero también muestra la complejidad de una materia en la que los límites entre el conflicto civil y la conducta criminal pueden ser manipulados por actores con recursos legales, notarios, intermediarios inmobiliarios o redes de falsificación documental.

Las modalidades enumeradas por la fiscalía incluyen invasiones de inmuebles desocupados, entradas violentas, cambio de cerraduras, simulación de actos jurídicos, suplantación de identidad, documentos falsos, ventas fraudulentas y falsos desalojos. Son conductas de naturaleza distinta. Algunas requieren intervención policial inmediata; otras demandan peritajes documentales, revisión registral, análisis de contratos y decisiones judiciales. Agruparlas bajo una sola tasa de rendimiento simplifica el mensaje, pero borra las diferencias de tiempo, prueba y gravedad.

El primer hallazgo relevante es que la cifra del 82% mide capacidad de reacción institucional, no necesariamente recuperación patrimonial. Esa distinción importa para las víctimas. Una persona cuyo inmueble fue asegurado puede seguir sin poder habitarlo; otra puede obtener una restitución provisional y enfrentar después un litigio prolongado; una tercera puede recibir orientación o una mediación sin recuperar el bien. Desde el punto de vista de la administración, todas esas acciones pueden representar actividad. Desde el punto de vista del propietario, arrendatario o heredero afectado, no tienen el mismo valor.

El dato que falta: qué ocurrió después de la intervención

La ausencia de una trazabilidad pública impide responder preguntas decisivas. ¿Cuántos de los 185 inmuebles restituidos fueron entregados a sus titulares registrales? ¿Cuántos aseguramientos se transformaron en devoluciones? ¿Cuántas denuncias terminaron en órdenes de aprehensión, vinculaciones a proceso o sentencias? ¿Cuántas fueron archivadas por falta de elementos? Sin esa cadena de resultados, el balance se limita a contar puertas abiertas, sellos colocados o actuaciones iniciadas.

La transparencia no exige revelar datos personales ni poner en riesgo investigaciones. Sí requiere publicar una metodología común: número de expedientes, tipo de medida, duración, resultado procesal, reincidencia y situación final del inmueble. También sería necesario explicar si las 317 acciones fueron acumulativas o excluyentes. Si un expediente registra un aseguramiento y posteriormente una restitución, contabilizar ambos como éxitos separados puede inflar el rendimiento aparente.

Este punto tiene una consecuencia directa sobre la planeación pública. Si las autoridades son evaluadas por el número de acciones, tendrán incentivos para privilegiar medidas rápidas y visibles, aunque no sean las más útiles para resolver el conflicto de fondo. En cambio, si se les evalúa por restituciones sostenibles, judicializaciones y reducción de reincidencia, el trabajo será menos espectacular, pero más cercano a la protección efectiva de la propiedad y la posesión.

La geografía del problema contradice la idea de un fenómeno uniforme

La Fiscalía sostiene que las denuncias se mantienen estables desde 2019, con un promedio diario de entre nueve y 10 casos durante la última década. Brugada, en su rendición de cuentas, habló de entre 10 y 11 casos diarios desde 2019. Ambas referencias apuntan a una incidencia persistente, pero no permiten concluir que el problema esté controlado. La estabilidad de las denuncias puede significar que el fenómeno no crece; también puede reflejar barreras de acceso a la justicia, subregistro o una capacidad institucional limitada para clasificar adecuadamente los hechos.

La tasa promedio reportada para la ciudad fue de 21.4 denuncias por cada 100 mil habitantes. Cuauhtémoc encabezó la lista con 37.6, seguida por Benito Juárez con 30.6 y Venustiano Carranza con 27. Estas diferencias revelan que el riesgo no se distribuye de manera homogénea. En Cuauhtémoc confluyen alta densidad urbana, inmuebles antiguos, presión inmobiliaria, rentas elevadas y una intensa circulación de propiedades. Benito Juárez combina valor patrimonial, demanda residencial y operaciones inmobiliarias de alto monto. Venustiano Carranza incorpora corredores comerciales, viviendas con problemas sucesorios y zonas de transformación urbana.

Sin embargo, comparar alcaldías únicamente por denuncias por habitante puede inducir a errores. El indicador no muestra el valor de los inmuebles, el porcentaje de viviendas desocupadas, el tipo de víctima ni el número de casos resueltos. Una alcaldía con menos denuncias puede albergar operaciones fraudulentas de mayor cuantía. Otra puede registrar más denuncias porque sus habitantes tienen mayor acceso a abogados y autoridades. El mapa del delito debe incluir severidad, modalidad, tiempo de respuesta y resultado, no sólo frecuencia.

Propietarios, inquilinos y operadores inmobiliarios quedan atrapados

Para los propietarios, la incertidumbre estadística se traduce en incertidumbre patrimonial. Un inmueble ocupado ilegalmente puede dejar de generar renta, deteriorarse, acumular adeudos de servicios y perder valor comercial. Cuando el procedimiento de recuperación es lento, el incentivo económico favorece al ocupante que apuesta por prolongar el conflicto. En el extremo contrario, una actuación policial sin verificación suficiente puede afectar a arrendatarios que enfrentan una disputa contractual, pero no han cometido despojo.

Los inquilinos también pueden quedar expuestos. La etiqueta de “despojo” puede utilizarse para presionar desalojos informales, especialmente cuando existen adeudos o contratos deficientes. Por eso la Fiscalía acierta al distinguir controversias civiles, pero esa clasificación debe estar acompañada de criterios accesibles y mecanismos de revisión. Si la autoridad descarta demasiado pronto un caso como civil, puede dejar sin protección a una víctima de falsificación o violencia. Si lo trata automáticamente como delito, puede criminalizar un incumplimiento contractual.

El sector inmobiliario formal enfrenta un impacto adicional: la necesidad de elevar los costos de verificación. Consultas en el Registro Público de la Propiedad, validación de identidades, revisión de poderes notariales y comprobación de la posesión real se vuelven indispensables antes de comprar, rentar o aceptar una garantía. Estas medidas pueden reducir fraudes, pero encarecen las operaciones y perjudican especialmente a pequeños propietarios que no cuentan con asesoría especializada.

Una segunda conclusión puede formularse con claridad: el despojo no es sólo un problema policial, sino una falla de coordinación en el mercado de la propiedad. Si los registros, notarías, tribunales, fiscalías, alcaldías y cuerpos de seguridad no comparten alertas y criterios, la respuesta llegará después de que el fraude se consolide. La prevención documental y registral puede ser más barata que la restitución, pero exige inversión y cooperación institucional que rara vez produce resultados políticos inmediatos.

La disputa institucional erosiona la confianza pública

La presencia de Alcalde Luján durante el anuncio de nuevas medidas no eliminó la divergencia entre ambos discursos. La jefa de Gobierno presentó una cifra de alto impacto político: 82% de efectividad. La fiscal ofreció el desglose que permite entender que sólo 185 casos implicaron restitución. Ambas pueden defender sus datos, pero la falta de una definición compartida deja a las víctimas frente a un mensaje contradictorio.

El caso de Cerrada de Matías Romero 18 detonó una sucesión de denuncias públicas y elevó la presión sobre las autoridades. La Fiscalía rechazó que el despojo esté aumentando y sostuvo que las cifras permanecen estables. Esa posición puede ser correcta en términos de denuncias, pero no resuelve la percepción social de un fenómeno en expansión. Cuando los casos más visibles involucran inmuebles con alto valor, redes de falsificación o decisiones judiciales controvertidas, la ciudadanía no evalúa sólo el volumen; evalúa si el sistema protege a quien acredita la propiedad.

Una tercera observación surge de esta tensión: la credibilidad institucional dependerá menos de anunciar porcentajes favorables que de publicar resultados verificables por expediente. La diferencia entre 82% y 47.7% puede parecer un problema de comunicación, pero se convierte en un problema de legitimidad cuando una víctima interpreta que su inmueble fue “recuperado” y descubre que sólo fue asegurado o que su carpeta continúa abierta.

El próximo desafío será medir restituciones duraderas

En los próximos meses, el Gabinete tendrá que demostrar si sus 317 acciones producen efectos permanentes. La primera prueba será evitar que los inmuebles restituidos vuelvan a ser ocupados, vendidos mediante documentos falsos o disputados por nuevos actores. La segunda será reducir los tiempos de investigación y conectar las denuncias individuales con posibles redes organizadas. Un cambio de cerradura puede resolver una emergencia, pero no desmantela a quienes falsifican escrituras o suplantan identidades en varios expedientes.

La política pública debería avanzar hacia un tablero con indicadores separados: restituciones definitivas y provisionales, aseguramientos vigentes, carpetas judicializadas, acuerdos civiles, denuncias descartadas y casos con reincidencia. Cada categoría tendría que incluir alcaldía, modalidad del delito y tiempo promedio de respuesta. Con esa información sería posible saber si el aumento de actuaciones se traduce en menos daños o simplemente en más trámites.

También existe un riesgo de desplazamiento. Si las autoridades concentran recursos en alcaldías con mayor visibilidad mediática, los grupos dedicados al despojo podrían trasladarse a zonas con menor vigilancia, donde abundan inmuebles vacíos, propiedades intestadas o registros desactualizados. La estabilidad global de las denuncias no descartaría una transformación geográfica del delito. Para detectarla se necesitan datos mensuales, cruces con catastro y Registro Público, y canales de denuncia para personas que aún no han perdido la posesión, pero detectaron una operación irregular.

La otra amenaza es la judicialización selectiva. Una estrategia orientada a mostrar altos porcentajes puede priorizar expedientes sencillos y dejar pendientes los casos complejos, precisamente aquellos en los que aparecen falsificación documental, corrupción, violencia o estructuras empresariales ficticias. La eficacia real deberá medirse por la capacidad de avanzar en esos expedientes difíciles, no por la cantidad de actuaciones acumuladas.

La Ciudad de México tiene ahora una oportunidad para convertir la discrepancia en una mejora institucional. Si Gobierno y Fiscalía acuerdan una definición pública de efectividad, separan acciones de resultados y reportan el destino de cada expediente, la controversia puede fortalecer la rendición de cuentas. Si mantienen indicadores distintos para defender balances políticos incompatibles, el 82% y el 47.7% seguirán compitiendo en el discurso mientras las víctimas continúan enfrentando el verdadero indicador: cuánto tiempo tardan en recuperar su inmueble y si pueden conservarlo después.

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