La falta de consenso en el Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil volvió a trasladar al Poder Ejecutivo una decisión que, por diseño institucional, debería surgir de una negociación tripartita. A través de la Resolución 4/2026, el Gobierno estableció una actualización escalonada del Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM) que llevará el ingreso básico de $383.800 en septiembre de 2026 a $437.000 en abril de 2027. Para los trabajadores jornalizados, el valor de referencia por hora subirá de $1.919 a $2.185 durante el mismo período.
La medida alcanza a los trabajadores comprendidos en la Ley de Contrato de Trabajo 20.744, el Régimen de Trabajo Agrario, la Administración Pública Nacional y los organismos estatales que actúan como empleadores. También fija parámetros para la prestación por desempleo, que deberá equivaler al 75% de la mejor remuneración mensual, normal y habitual de los seis meses previos al cese, con un piso equivalente al 50% del salario mínimo y un techo del 100%.

Una escala previsible, pero insuficiente frente al deterioro acumulado
El nuevo esquema contempla aumentos mensuales relativamente pequeños y predeterminados. El SMVM será de $391.200 en octubre, $398.800 en noviembre y $406.400 en diciembre de 2026. En 2027, alcanzará $414.200 en enero, $422.000 en febrero, $429.600 en marzo y $437.000 en abril. El valor horario seguirá la misma trayectoria: $1.956 en octubre, $1.994 en noviembre, $2.032 en diciembre, $2.071 en enero, $2.110 en febrero, $2.148 en marzo y $2.185 en abril.
Si se toma como punto de partida el monto de septiembre, el aumento acumulado hasta abril será cercano al 13,9%. Esa cifra puede ofrecer previsibilidad nominal a empresas y trabajadores, pero su capacidad real dependerá de la inflación que se registre en los ocho meses del cronograma. El antecedente inmediato es desfavorable: el salario mínimo vigente en agosto, de $376.600, había subido 1,13% frente a julio, mientras que la inflación mensual fue de 2,1%. En términos reales, el trabajador que cobraba el mínimo perdió poder de compra incluso antes de que comenzara esta nueva pauta.
La comparación con la canasta básica familiar expone con mayor claridad la dimensión del problema. Las centrales sindicales reclamaron elevar el salario mínimo a $911.000 en julio y a $993.000 en diciembre, tomando como referencia una canasta estimada en $1.564.716. Aunque esos valores no fueron aceptados por el Gobierno ni contaban con posibilidades concretas de aprobación, muestran la distancia entre el ingreso legal mínimo y el costo de sostener un hogar. El SMVM de septiembre representa apenas alrededor de una cuarta parte de esa canasta familiar, aun cuando ambas referencias no son estrictamente equivalentes: una corresponde a un trabajador individual y la otra a un grupo familiar.
El primer punto de análisis es, por lo tanto, que el Gobierno no está resolviendo la pérdida pasada, sino administrando la actualización futura. La escala evita un salto brusco que pudiera impactar en los costos laborales, pero no incorpora una compensación explícita por el deterioro acumulado. En un escenario de inflación persistente, el aumento puede funcionar como una recomposición nominal que llegue tarde a los bolsillos y sea absorbida parcialmente por los precios antes de completar el cronograma.
El fracaso de la negociación también revela un cambio institucional
La última reunión del Consejo del Salario terminó sin acuerdo y repitió un patrón que se viene consolidando desde hace más de dos años: sindicatos y empresarios presentan posiciones incompatibles, abandonan el espacio sin una fórmula común y el Gobierno define el número final mediante una resolución. Esta vez, además, la reunión se realizó de manera virtual, pese al reclamo gremial para que fuera presencial, y la CGT junto con las dos CTA se retiró antes del plenario que debía formalizar la decisión.
La propuesta sindical partió de una lógica de recuperación acelerada. Las centrales obreras sostuvieron que el salario mínimo debía aproximarse a la canasta básica familiar y cuestionaron que la oferta empresarial ni siquiera alcanzara, según Jorge Sola, cotitular de la CGT, para comprar un kilo de pan. Cristian Jerónimo, también integrante de la conducción cegetista, anticipó que el movimiento sindical no avalaría la propuesta patronal ni participaría del plenario. Además del monto, los gremios exigieron reactivar las comisiones de Formación Profesional, Empleo y Productividad, con el argumento de que el Consejo no debería limitarse a discutir una cifra.
El sector empresario, encabezado por la Unión Industrial Argentina e integrado por cámaras de comercio, construcción, bancos, pequeñas y medianas empresas, hotelería, gastronomía y actividades agrarias, propuso un aumento de 1,8% para septiembre y de 1,7% mensual entre octubre y abril. Con esa pauta, el SMVM habría llegado a $468.000 en abril de 2027, es decir, por encima del valor finalmente fijado, aunque con un recorrido que los sindicatos consideraron completamente insuficiente frente a sus demandas.
La aparente paradoja —la oferta empresaria proyectaba un monto final mayor que el oficial, pero fue igualmente rechazada por los gremios— muestra que la disputa no se reduce al número de abril. También involucra la velocidad de la recomposición, la referencia utilizada para calcularla y la confianza en que el salario no quede nuevamente por debajo de la inflación. Para los sindicatos, una pauta gradual consolida la pérdida de ingresos. Para las empresas, una suba acelerada puede trasladarse a precios, reducir márgenes o desalentar nuevas contrataciones, especialmente en sectores de baja productividad y alta informalidad.
El salario mínimo no alcanza a todos, pero influye mucho más allá de los recibos
El impacto directo de la resolución se concentra en los trabajadores que perciben el mínimo legal o cuyos convenios utilizan ese valor como referencia. Sin embargo, sus efectos indirectos son más amplios. El SMVM interviene como parámetro para programas sociales, subsidios, prestaciones y determinadas obligaciones laborales. La actualización escalonada, por lo tanto, puede modificar el universo de beneficiarios y los montos de distintas políticas públicas, aunque la resolución excluye expresamente las asignaciones familiares y establece que, en jornadas reducidas o contratos parciales, el pago será proporcional.
En el mercado formal, el nuevo piso también puede presionar las escalas salariales más bajas de los convenios colectivos. Si un trabajador especializado queda demasiado cerca del mínimo, los sindicatos suelen reclamar una corrección para preservar diferencias entre categorías. Ese efecto de “arrastre” puede aumentar el costo laboral más allá del porcentaje oficial, sobre todo en actividades como comercio, gastronomía, hotelería, tareas rurales y determinados servicios. En cambio, en ramas con salarios convencionales ya muy por encima del SMVM, la resolución tendrá una incidencia más simbólica que efectiva.
En el mercado informal, el resultado es más ambiguo. El salario mínimo establece un estándar jurídico, pero no garantiza que se cumpla en relaciones laborales no registradas. Una actualización por debajo del costo de vida puede debilitar la referencia legal; una suba muy pronunciada, si no se acompaña con fiscalización y políticas de formalización, puede ampliar la brecha entre el salario declarado y el efectivamente pagado. El riesgo es que algunos empleadores de baja escala respondan con menos horas registradas, pagos fuera de recibo o sustitución de puestos, en lugar de mejorar las remuneraciones.
La prestación por desempleo añade otra dimensión. Al fijarse un piso equivalente al 50% del SMVM y un techo igual al 100%, el aumento elevará automáticamente los límites de esa cobertura. Pero el beneficio seguirá condicionado por la remuneración previa y por la historia laboral del trabajador. Para quien haya perdido un empleo formal de bajos ingresos, el nuevo piso puede ofrecer una protección algo mayor; para quienes afronten alquileres, transporte y alimentos en grandes centros urbanos, seguirá siendo una cobertura limitada. La mejora nominal no elimina el problema de suficiencia de la prestación.
La verdadera tensión: proteger ingresos sin convertir el mínimo en una referencia decorativa
El segundo punto de análisis es que la política elegida privilegia la administrabilidad sobre la recomposición. Una escala mensual permite al Gobierno anticipar el impacto presupuestario de los programas vinculados al SMVM y ofrece a las empresas una trayectoria de costos conocida. Esa previsibilidad tiene valor en un contexto de incertidumbre. Sin embargo, también puede transformar al salario mínimo en una variable de ajuste que se mueve detrás de la inflación y no como un instrumento para garantizar condiciones materiales dignas, tal como exige su definición legal.
El problema se agrava porque el Consejo del Salario perdió capacidad de producir acuerdos. Cuando el Ejecutivo interviene una vez por una emergencia puntual, puede presentarse como árbitro. Cuando lo hace de manera repetida, el mecanismo tripartito corre el riesgo de convertirse en una instancia consultiva sin poder real. La salida anticipada de las centrales sindicales y la imposibilidad de acercar posiciones sugieren que la negociación ya no funciona como una herramienta de coordinación, sino como la formalización de un desacuerdo anunciado.
Existe además una discusión metodológica que no fue resuelta. Los sindicatos toman como referencia la canasta básica familiar; las empresas miran la evolución de costos, productividad, ventas y empleo; el Gobierno pondera inflación, déficit, transferencias sociales y competitividad. Sin una fórmula transparente que combine esas variables, cada convocatoria termina siendo una disputa política por el número de referencia. La ausencia de un criterio compartido favorece anuncios parciales y dificulta evaluar si el aumento fue suficiente o simplemente compatible con las restricciones fiscales del momento.
Qué puede ocurrir hasta abril de 2027
El escenario más probable es que la pauta se revise de hecho antes de finalizar el cronograma si la inflación mensual supera de manera sostenida los incrementos previstos. En ese caso, sindicatos y organizaciones sociales volverán a reclamar una reapertura, mientras que el Gobierno deberá decidir entre mantener la escala, modificarla o convocar nuevamente al Consejo. La credibilidad del esquema dependerá menos del monto de abril que de su capacidad para conservar poder adquisitivo durante el trayecto.
Un segundo escenario es el de una desaceleración inflacionaria suficientemente fuerte como para que el aumento acumulado produzca una recomposición real. Bajo esa hipótesis, el Gobierno podría defender la gradualidad como una estrategia prudente: subas pequeñas, menor traslado a precios y una recuperación que se consolide con el tiempo. Pero para que ocurra, la inflación acumulada entre septiembre y abril debería ubicarse por debajo del 13,9% nominal previsto, una exigencia considerable a la luz del dato mensual de 2,1% registrado en agosto.
También existe un riesgo de fragmentación salarial. Los trabajadores formales amparados por convenios con cláusulas de revisión podrían obtener mejoras superiores al SMVM, mientras que quienes dependen de ese piso, los informales y los beneficiarios de prestaciones quedarían rezagados. En lugar de funcionar como una base de protección general, el salario mínimo podría convertirse en el indicador de una creciente desigualdad entre segmentos laborales. La distancia entre el piso legal y los salarios negociados colectivamente sería, en ese caso, una señal de la dualidad del mercado de trabajo.
Para las empresas, especialmente las pequeñas y medianas, la actualización plantea una tensión concreta entre remuneraciones y supervivencia operativa. El argumento de que un mayor salario puede estimular el consumo y reducir la rotación tiene sustento en actividades intensivas en mano de obra. Pero también es cierto que, sin crédito, demanda estable o mejoras de productividad, los establecimientos más frágiles pueden ajustar por cantidad de empleo, horas trabajadas o informalidad. El resultado dependerá de si la política salarial se acompaña con alivios productivos y controles laborales eficaces, no solo con una cifra mensual.
El dato central de esta resolución no es únicamente que el salario mínimo llegará a $437.000 en abril. Es que, por tercera vez consecutiva, el sistema de negociación no logra producir un acuerdo capaz de equilibrar el ingreso de los trabajadores, la estructura de costos empresaria y las restricciones macroeconómicas. Mientras el Gobierno administra una escala, los sindicatos denuncian una pérdida de poder de compra y las empresas advierten sobre el empleo, el SMVM queda atrapado entre tres lógicas que no comparten diagnóstico ni horizonte. Sin una metodología de actualización verificable y una negociación tripartita con resultados vinculantes, cada nuevo aumento corre el riesgo de ser apenas una respuesta transitoria a un conflicto que seguirá abierto.
