El Supremo anula prima única abusiva en hipotecas

El Tribunal Supremo ha declarado abusiva la cláusula que obliga a contratar un seguro de vida a prima única con una aseguradora del mismo grupo bancario al formalizar una hipoteca. La sentencia, dictada el 10 de junio, estima el recurso de un cliente del Banco Popular (hoy Santander) y confirma que esta práctica vulnera la normativa europea de transparencia y elección del consumidor.

En el caso concreto, el préstamo de 151.547 euros incorporaba 24.467 euros destinados al seguro de amortización con Allianz. El cliente debía abonar la prima de una sola vez, financiarla y pagar intereses sobre ella durante toda la vida del préstamo. El Supremo subraya que esta estructura genera un grave desequilibrio: impide conocer la TAE real y obliga a asumir costes que podrían evitarse con primas anuales renovables.

Protección al consumidor y elección real

La directiva europea exige que el prestatario pueda elegir su propio asegurador siempre que ofrezca garantías equivalentes. El fallo recuerda que, desde 2006, la Dirección General de Seguros ya calificaba esta exigencia de prima única como práctica inadecuada y, en muchos casos, claramente abusiva. El banco no acreditó haber ofrecido alternativas ni información sobre el valor de rescate ni el coste efectivo de financiar la prima.

Consecuencias para el sector

La resolución obliga a Santander a devolver la prima única más los intereses pactados, descontando únicamente la parte proporcional consumida hasta la firmeza de la sentencia. El criterio sienta precedente para miles de hipotecas vinculadas a seguros del mismo grupo y refuerza la obligación de transparencia en productos financieros combinados. Los bancos deberán revisar sus contratos y permitir al cliente comparar ofertas de seguro sin penalización.

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