El Supremo permite mantener hipotecas inversas sin intereses tras anular cláusulas abusivas

El Tribunal Supremo ha reforzado la protección de los titulares de hipotecas inversas al concluir que una cláusula de intereses puede ser nula si el banco no explicó con claridad que los intereses acumulados se incorporaban a la deuda y generaban nuevos intereses. La falta de transparencia afecta al núcleo económico de un producto destinado, en gran medida, a personas mayores.

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Sin sustitución por interés simple

En la sentencia 1.317/2026, relativa a Caja Vital Kutxa, la Sala Primera declaró abusiva la cláusula remuneratoria y resolvió que el contrato puede sobrevivir sin ella. El cliente deberá devolver únicamente el capital recibido; la entidad no podrá cobrar intereses remuneratorios y deberá reintegrar los ya abonados, con los intereses legales correspondientes.

El Supremo descarta que los jueces sustituyan la cláusula anulada por un interés simple. Esa corrección mantendría parcialmente un efecto económico derivado de una condición abusiva, en contra de la doctrina europea: la cláusula debe tenerse por no puesta.

La capitalización, bajo examen

Una semana antes, el tribunal había cuestionado una hipoteca inversa de Kutxabank al 5% fijo sobre una deuda que incluía capital e intereses previos. En ese caso, el cliente recibió 92.950 euros y acumuló 44.922 euros en intereses. Las resoluciones elevan el estándar informativo: no basta con mencionar el tipo aplicado; el banco debe permitir comprender el efecto real de la capitalización sobre la deuda que heredarán los familiares o que se liquidará con la vivienda.

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