El 15 de julio vence el plazo para que las empresas del régimen privado depositen la gratificación por Fiestas Patrias. El beneficio se mantiene íntegro aunque el trabajador esté de vacaciones, siempre que el vínculo laboral siga vigente en la quincena de pago. El monto se calcula sobre la remuneración computable, que incluye sueldo básico, asignación familiar y conceptos variables como comisiones u horas extras cuando cumplen requisitos de regularidad.

Las empresas inscritas en Remype pagan media gratificación; las microempresas quedan exentas salvo pacto más favorable. Quienes perciben remuneración integral anual ya tienen incorporado este concepto y no reciben pago adicional. El incumplimiento genera intereses legales y multas de Sunafil que oscilan entre 0,45 y 26,12 UIT según el tamaño de la empresa. Especialistas recomiendan revisar con anticipación los ingresos variables para evitar diferencias que deriven en reclamos o sanciones.
