La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó garantizar el acceso diario a 100 litros de agua potable por persona para 688 habitantes de Ecatepec, Estado de México. El suministro no podrá condicionarse al pago del servicio y deberá entregarse preferentemente mediante la red; cuando esta resulte insuficiente, las autoridades tendrán que recurrir a pipas u otros medios.
El proyecto fue encabezado por el ministro presidente Hugo Aguilar Ortiz y resolvió una demanda que los habitantes afectados mantienen desde hace más de seis años. La problemática se agravó entre 2018 y 2020, periodo en el que se documentaron omisiones relacionadas con el mantenimiento de la infraestructura, fugas, falta de medidores, robo de agua y explotación irregular de pozos.

Medidas para verificar el suministro
La resolución establece que el organismo operador deberá llevar bitácoras semanales del agua entregada, las cuales tendrán que ser firmadas por las personas beneficiarias. Además, la autoridad sanitaria estatal deberá supervisar cada mes las pipas y verificar que el agua distribuida sea potable.
Como parte de las obligaciones, también deberán acreditarse las condiciones establecidas en la normativa para los trabajos realizados en los pozos. Esta medida busca comprobar que las intervenciones y operaciones relacionadas con esas fuentes de abastecimiento cumplan con los requisitos aplicables.
La presidencia municipal y el organismo operador deberán elaborar un programa de infraestructura hidráulica que incluya un diagnóstico de la red, detección de fugas y un calendario de reparaciones. El plan deberá contemplar labores de mantenimiento, estudios de ingeniería y una evaluación de los medidores para determinar cuánta agua llega efectivamente a cada vivienda beneficiaria.
El fallo también ordena considerar acciones para atender las causas del desabasto, además de la entrega inmediata del volumen mínimo establecido. La obligación de recurrir a pipas se activará cuando la red no tenga capacidad suficiente para proporcionar los 100 litros diarios por persona.
Por su parte, el Gobierno del Estado de México deberá priorizar recursos destinados a las Zonas de Atención Prioritaria. La Comisión Nacional del Agua (Conagua) mantendrá la coordinación con las autoridades involucradas para contribuir a la solución del desabasto en las zonas señaladas por la resolución.
