La Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT) extendió los plazos para que los usuarios registren sus líneas móviles. En lugar de una fecha única, ahora cada número tiene su propio límite según el último dígito. Esta decisión responde a la necesidad de evitar saturación en los sistemas de las operadoras y dar margen adicional a millones de personas que aún no han completado el trámite.
El registro busca vincular cada línea con su titular para reducir el uso de teléfonos anónimos en delitos como extorsión y fraude. La autoridad aclaró que no se creará un padrón nacional centralizado, sino que la información quedará en poder de cada compañía telefónica.
Calendario según terminación del número
El nuevo esquema divide los plazos de acuerdo con el último dígito del número telefónico. Quienes tengan terminación 0 y 1 cuentan con hasta el 15 de julio; los dígitos 2 y 3 deben completar el proceso antes del 31 de julio; las terminaciones 4 y 5 tienen como límite el 15 de agosto; y los números que finalizan en 6, 7, 8 o 9 disponen hasta el 31 de agosto. Este calendario aplica exclusivamente a las líneas que todavía no han sido registradas.

La medida sustituye el plazo general que vencía el 30 de junio. La CRT decidió otorgar esta prórroga tras detectar que un número significativo de usuarios no había realizado el trámite, lo que generaba riesgo de congestión en los canales de atención.
Consecuencias de no cumplir con el plazo
Las operadoras suspenderán el servicio de las líneas no registradas 72 horas después de la fecha límite correspondiente. Durante ese periodo de gracia, solo será posible realizar llamadas a números de emergencia y contactar al operador para regularizar la situación. Una vez completado el registro, el servicio se restablece de manera automática. Esta suspensión temporal busca incentivar el cumplimiento sin generar interrupciones prolongadas.
La decisión de aplicar suspensiones graduales refleja un equilibrio entre la necesidad de avanzar en el registro y la protección de los usuarios. Sin embargo, plantea interrogantes sobre el impacto en personas que dependen del servicio móvil para trabajo o comunicaciones esenciales, especialmente en zonas con baja penetración de centros de atención presencial.
Cómo realizar el trámite
El registro debe hacerse directamente con la empresa que presta el servicio, ya sea a través de sus aplicaciones, portales web o sucursales. Para personas físicas se requiere identificación oficial vigente y la CURP; en el caso de personas morales, se solicita el RFC y documentación que acredite la representación legal. Cada operadora ha habilitado canales digitales para facilitar el proceso y reducir filas en los centros de atención.
La CRT ha insistido en que el objetivo principal es combatir la utilización de líneas anónimas en actividades ilícitas. Datos de autoridades de seguridad indican que un porcentaje relevante de extorsiones telefónicas se origina desde números no vinculados a un titular verificado. Al mismo tiempo, organizaciones de derechos digitales han señalado la importancia de garantizar que la información recolectada se utilice únicamente para fines de seguridad y no se comparta de manera indiscriminada.
Balance entre seguridad y derechos de usuarios
La prórroga y el esquema por dígitos representan un ajuste práctico ante la realidad operativa de las compañías y los usuarios. No obstante, el éxito de la política dependerá de la claridad de la comunicación por parte de las operadoras y de la disponibilidad real de canales accesibles para todos los segmentos de la población, incluyendo adultos mayores y residentes en áreas rurales.
Hasta el momento, la CRT no ha publicado estadísticas detalladas sobre el porcentaje de líneas ya registradas. Esta información resultaría útil para evaluar si los plazos escalonados logran el objetivo de distribuir la demanda de manera ordenada. Mientras tanto, los usuarios deben verificar la terminación de su número y programar el trámite con la anticipación suficiente para evitar interrupciones en el servicio.
