El Servicio de Administración Tributaria rechaza que las transferencias entre familiares generen multas automáticas. Solo existe obligación de reporte cuando préstamos, donativos y premios superan en conjunto los 600 mil pesos en un año fiscal para personas físicas. Esa información debe incluirse como dato en la declaración anual, sin que el monto tribute de forma automática.

Los donativos entre cónyuges o de padres a hijos quedan exentos del ISR sin límite de monto. En cambio, los provenientes de otros parientes o amigos tienen un techo de exención. La Forma 86-A corresponde exclusivamente a personas morales que reciben recursos en efectivo superiores a 600 mil pesos y debe presentarse en 15 días.
Las sanciones oscilan entre 2 mil y 50 mil pesos según la omisión detectada, sin que exista una multa fija de 35 mil pesos. Conservar contratos, identificaciones y estados de cuenta sigue siendo indispensable para acreditar el origen lícito de los fondos ante cualquier requerimiento.
