La decisión de Laura Fernández de declarar “Secreto de Estado” la información vinculada con la DIS, Fuerza Élite y los contratos de seguridad no es un ajuste administrativo más: reordena la relación entre seguridad pública, control democrático y contratación estatal. El decreto N.° 45870 amplía la reserva a documentos, presupuestos, reuniones, grabaciones, expedientes de compra y hasta a los mecanismos de inteligencia usados para enfrentar al crimen organizado. En términos prácticos, coloca bajo confidencialidad una parte sensible del aparato estatal que antes, al menos en teoría, debía ser rastreable por la ciudadanía, la prensa, la Contraloría y los órganos de fiscalización.
El punto de partida es claro. El Gobierno sostiene que el país enfrenta estructuras criminales más sofisticadas, con narcotráfico, lavado de dinero, trata de personas y sicariato operando en red, y que divulgar información operativa comprometería la eficacia de las acciones policiales. Esa justificación no es trivial. En seguridad, la exposición de protocolos, rutas de patrullaje, capacidades tecnológicas o identidades de coordinación puede anular operativos enteros. Pero el decreto va más lejos de la protección táctica y cubre también los expedientes de contratación pública, las fuentes de financiamiento y las etapas de ejecución contractual. Ahí cambia la naturaleza del debate: ya no se trata solo de blindar operaciones, sino de blindar una zona amplia de gestión estatal.
La medida tiene un efecto inmediato sobre tres grupos. Primero, sobre los organismos de control, que verán restringido el acceso a información clave para auditar gasto, justificar compras y detectar posibles sobrecostos. Segundo, sobre los contratistas privados, que quedan sometidos a una cláusula obligatoria de confidencialidad y a la posibilidad de rescisión inmediata del contrato si revelan información protegida. Tercero, sobre la propia prensa y la oposición política, que perderán herramientas para seguir el rastro de decisiones presupuestarias en un área históricamente opaca. Cuando una materia sensible se protege con una reserva tan amplia, el riesgo no es solo el secreto en sí, sino la expansión de una cultura institucional donde la excepción se vuelve regla.
La experiencia comparada muestra que este tipo de decisiones produce efectos ambiguos. En Colombia y México, por ejemplo, los gobiernos han intentado limitar la difusión de información operacional en seguridad para evitar filtraciones al crimen organizado, pero también han enfrentado denuncias por uso excesivo del secreto en compras militares, inteligencia y tecnología de vigilancia. La lección es consistente: la confidencialidad puede ser legítima en la táctica, pero si se extiende a la contratación y a la arquitectura de mando sin contrapesos robustos, termina debilitando la rendición de cuentas más de lo que fortalece la seguridad. Costa Rica, que históricamente ha construido buena parte de su legitimidad institucional sobre la transparencia, entra aquí en una zona delicada.

Hay, además, una lectura política que no conviene omitir. Fuerza Élite, al reunir semanalmente a la presidenta, a los ministros de Seguridad y Justicia, al director de la DIS y a jefaturas policiales, se convierte ahora en un centro de decisión especialmente blindado. Eso puede aumentar la velocidad de reacción y reducir fugas internas, pero también concentra poder y reduce visibilidad sobre quién decide qué, con qué insumos y bajo qué criterios. En materia de seguridad, la concentración puede ser funcional en el corto plazo; en el mediano, si no existe trazabilidad institucional, suele deteriorar la confianza pública y alimentar sospechas de arbitrariedad, incluso cuando no haya irregularidades demostradas.
Mi primera conclusión es que el verdadero impacto del decreto no está en el “secreto” en abstracto, sino en su alcance sobre la contratación pública. Cuando un expediente de compra queda cubierto por confidencialidad desde los estudios previos hasta la ejecución, el margen para verificar si hubo competencia real, necesidad técnica, precio de mercado o favoritismo se reduce drásticamente. Esa opacidad es especialmente riesgosa en sectores como software de vigilancia, comunicaciones encriptadas, vehículos especializados, protección de jerarcas y análisis de inteligencia, donde el Estado suele depender de pocos oferentes y donde el sobreprecio puede esconderse con facilidad detrás del argumento de la urgencia operativa.
Mi segunda lectura es que el Gobierno está intentando resolver un problema real con una herramienta demasiado amplia. En seguridad, el secreto puede ser defensivo; en contratación, puede convertirse en un escudo para decisiones discutibles. La línea entre una reserva legítima y una opacidad abusiva depende de salvaguardas concretas: plazos de revisión, controles ex post, trazabilidad documental y acceso restringido pero efectivo para auditorías independientes. Si esas válvulas no existen, la medida deja de proteger operaciones y empieza a proteger decisiones. En países con instituciones más frágiles, esa diferencia es la que separa la estrategia del encubrimiento.
La tercera implicación afecta a los propios funcionarios y asesores involucrados. El decreto establece una obligación de confidencialidad indefinida, incluso después de terminar la relación laboral o contractual con el Estado. Eso puede ayudar a preservar información sensible, pero también crea un entorno de temor jurídico que desincentiva advertencias internas, reportes de anomalías y colaboración con investigaciones periodísticas o administrativas. Un régimen de secreto absoluto tiende a castigar más al que habla que al que gestiona mal. En la práctica, eso puede empujar los problemas hacia adentro, donde se vuelven más difíciles de corregir y más costosos de desactivar.
Las reacciones previsibles serán dispares. El Ejecutivo defenderá la medida como una respuesta dura frente a organizaciones criminales con capacidad de infiltración, y tendrá base para argumentarlo: el crimen organizado efectivamente monitorea compras, rutas y rutinas estatales. La oposición y los sectores de transparencia, en cambio, verán un retroceso institucional y pedirán límites precisos al alcance del decreto. Las cámaras empresariales y proveedores del Estado también podrían mostrar incomodidad, no solo por la cláusula de confidencialidad, sino porque la reserva total complica la defensa frente a eventuales controversias contractuales. Incluso dentro del aparato público puede haber tensiones entre quienes operan inteligencia y quienes administran recursos; no siempre coinciden las prioridades de eficacia con las de control.
De aquí en adelante, el desenlace dependerá menos del texto del decreto que de su aplicación concreta. Si la reserva se usa de manera acotada, con auditorías reservadas pero reales, y con criterios claros para desclasificar información cuando el riesgo operativo desaparezca, el Gobierno podrá sostener que reforzó la seguridad sin romper el equilibrio institucional. Si, en cambio, el secreto se convierte en una barrera general para contratos, presupuestos y decisiones estratégicas, Costa Rica podría entrar en una fase de opacidad más amplia, con costos visibles en confianza pública, supervisión fiscal y legitimidad democrática. La seguridad nacional necesita discreción; no necesita, necesariamente, zonas ciegas permanentes.
