SEP ordena revisión nacional de escuelas militarizadas

Tras la muerte de la adolescente Dafne Zapata durante un campamento de verano en Tamaulipas, la Secretaría de Educación Pública activó una revisión en todo el país de instituciones que ofrecen formación con apariencia militar. El caso ha puesto en evidencia la ausencia de un marco legal que permita este tipo de modalidades en la educación básica y ha obligado a las autoridades estatales a verificar las condiciones reales bajo las que operan decenas de planteles particulares.

El titular de la SEP, Mario Delgado Carrillo, confirmó que desde el viernes previo a su declaración se envió un comunicado a todas las secretarías de educación estatales. El objetivo es identificar qué escuelas cuentan con autorización oficial, cuáles se promocionan como academias militarizadas y si las actividades que realizan respetan los derechos de niñas, niños y adolescentes. Delgado precisó que ni la SEP ni la Secretaría de la Defensa Nacional otorgan permisos para este tipo de educación.

Alcance de la supervisión ordenada por la SEP

La instrucción federal no implica el cierre automático de los planteles. Cada entidad federativa deberá realizar inspecciones individuales para contrastar el permiso otorgado con las prácticas reales que se llevan a cabo. Entre los puntos a revisar se encuentran los planes y programas autorizados, las actividades realizadas en campamentos e internados, las medidas de seguridad aplicadas a los menores y la preparación del personal encargado de la disciplina. Cuando se detecten irregularidades, las autoridades locales podrán aplicar sanciones que van desde amonestaciones hasta la revocación del permiso de funcionamiento.

En Tamaulipas ya se identificaron otras cinco escuelas que ofrecen este modelo y sus autorizaciones serán sometidas a revisión inmediata. El proceso busca establecer si existe coincidencia entre lo que la institución declaró al obtener su permiso y lo que realmente imparte a los estudiantes.

SEP ordena revisión nacional de escuelas militarizadas

Fundamento legal que impide la educación militarizada

La Constitución y la Ley General de Educación definen los tipos y modalidades que pueden impartirse dentro del Sistema Educativo Nacional. Ninguna de estas normas contempla una modalidad de educación básica militarizada gestionada por particulares. La formación militar destinada a las Fuerzas Armadas corresponde exclusivamente a instituciones oficiales bajo reglas específicas de la Defensa Nacional. Por ello, cualquier plantel civil que utilice uniformes, rangos o esquemas disciplinarios castrenses carece de sustento jurídico.

El artículo 3 constitucional establece que la educación debe regirse por el respeto irrestricto a la dignidad humana, los derechos humanos y el interés superior de la niñez. Las prácticas que impliquen violencia física o psicológica resultan incompatibles con estos principios, independientemente de la denominación que adopte la institución.

Lo ocurrido con Dafne Zapata y las detenciones

Dafne Zapata, de 13 años, participó en un campamento de verano organizado por la Academia Militarizada Marina Doenitz en Ciudad Madero. A mediados de julio la Fiscalía General de Justicia de Tamaulipas abrió una carpeta de investigación por feminicidio. La necropsia determinó que la causa de muerte fue asfixia por sumersión. La familia ha señalado que la menor sufrió violencia durante su estancia, mientras la academia niega vínculos oficiales con la Secretaría de la Defensa Nacional pese a utilizar imagen y estructura de carácter militar.

Hasta el 27 de julio tres personas habían sido detenidas: el director del plantel, una responsable del área femenil y una auxiliar de 18 años. Las detenciones se encuentran en etapa de audiencia inicial y la Fiscalía deberá acreditar ante un juez la probable participación de cada una. El gobierno federal mantiene coordinación con las autoridades de Tamaulipas para dar seguimiento al caso.

Protección legal contra castigos y novatadas

El artículo 73 de la Ley General de Educación establece que la disciplina escolar debe ser compatible con la edad de los estudiantes y preservar su integridad física, psicológica y social. La misma norma obliga al personal a proteger a los menores contra cualquier forma de maltrato. La Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes prohíbe expresamente el castigo corporal y humillante en cualquier institución que tenga menores bajo su cuidado. Estas disposiciones aplican tanto a escuelas como a campamentos o internados, sin que la firma de autorizaciones por parte de los padres pueda eximir a la institución de su responsabilidad.

Recomendaciones para las familias

Antes de inscribir a un menor en cualquier institución, madres, padres y tutores pueden solicitar el documento oficial que acredita la autorización para impartir el nivel educativo correspondiente y verificar la información directamente ante la secretaría de educación de su estado. También conviene preguntar quiénes estarán a cargo de los menores, qué protocolos existen para emergencias médicas y cómo se aplican las medidas disciplinarias. Ningún contrato firmado permite el uso de golpes, aislamiento, privación de alimentos u otras prácticas que pongan en riesgo la integridad de los estudiantes. Ante indicios de violencia o condiciones inseguras, las familias pueden acudir a la autoridad educativa estatal, a la procuraduría de protección de derechos de la niñez o a la Fiscalía.

El caso de Dafne Zapata ha generado un recordatorio institucional sobre los límites legales de la educación particular y la obligación de las autoridades estatales de ejercer una supervisión efectiva que garantice la seguridad de los menores en cualquier actividad escolar o extracurricular.

Artículos relacionados

Últimos artículos