Las personas mayores de 60 años que poseen la tarjeta del Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores (INAPAM) no reciben automáticamente un aguinaldo. Para acceder a esta prestación durante 2026 deben tener un empleo formal con prestaciones, obtenido mediante el programa de Vinculación Productiva, ya que el pago corresponde a una obligación laboral y no a un apoyo económico depositado por el instituto.
La credencial del INAPAM brinda descuentos y beneficios a las personas afiliadas, pero no contempla por sí misma el depósito de aguinaldo ni de otro recurso económico. La confusión surge porque algunos adultos mayores sí reciben esta prestación al cierre del año, aunque su derecho depende de la relación laboral que mantengan con una empresa o de las condiciones específicas de otros programas gubernamentales.

El aguinaldo aplica exclusivamente para quienes participan en Vinculación Productiva y cuentan con un contrato laboral que incluya prestaciones. Esta iniciativa está dirigida a reincorporar a personas de 60 años o más al mercado laboral formal mediante acuerdos con empresas privadas.
Al firmarse un contrato de trabajo, la empresa contratante debe otorgar las prestaciones establecidas en la Ley Federal del Trabajo, entre ellas el aguinaldo. Por tanto, el recurso se entrega a través de la nómina del empleador y no mediante la tarjeta del INAPAM ni como un pago adicional del instituto.
Quiénes no reciben el pago por tener la credencial
Las personas que únicamente reciben la Pensión del Bienestar no adquieren el derecho al aguinaldo por contar con ese apoyo o con la credencial del INAPAM. Tampoco son elegibles para este depósito quienes trabajan como empacadores voluntarios sin un contrato laboral formal, debido a que no existe una relación de trabajo que obligue al otorgamiento de prestaciones de ley.
Quienes busquen incorporarse al programa de Vinculación Productiva en 2026 deben realizar el trámite de manera gratuita en los módulos oficiales y cumplir con los lineamientos establecidos para acceder a una oportunidad laboral. La participación en el programa no sustituye la necesidad de que exista un vínculo contractual con la empresa que ofrece el puesto.
De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo, las empresas vinculadas al programa deberán cubrir el aguinaldo a más tardar el 20 de diciembre de 2026. El depósito debe realizarse por los canales de pago de la empresa, por lo que los trabajadores deben conservar actualizados sus datos bancarios para evitar contratiempos.
Si el empleador no cumple con el pago previsto en el contrato y la legislación laboral, la persona trabajadora puede acudir a las instancias de defensa laboral correspondientes para solicitar el respeto de sus derechos. La tarjeta del INAPAM puede facilitar el acceso a beneficios y servicios, pero no reemplaza las condiciones laborales necesarias para recibir esta prestación.
