CDMX regula vehículos eléctricos personales

La Ciudad de México ha puesto en marcha un nuevo marco normativo que distingue entre distintos tipos de vehículos eléctricos personales según su velocidad, potencia y peso. A partir del 1 de julio de 2026, la Secretaría de Movilidad (Semovi) inició el registro obligatorio de aquellos equipos que, por sus características técnicas, dejan de considerarse simples dispositivos de apoyo peatonal y pasan a tratarse como vehículos motorizados sujetos a control vial.

Clasificación técnica y obligaciones

La regulación establece dos categorías principales. Los Vehículos Motorizados Eléctricos Personales (VEMEPE) son aquellos con motor de entre 250 watts y un kilowatt capaces de superar los 25 kilómetros por hora. Dentro de este grupo se diferencian los de Tipo A, con peso inferior a 35 kilogramos, y los de Tipo B, cuyo peso oscila entre 35 y 350 kilogramos. Estos últimos deberán portar placa de matrícula, tarjeta de circulación y el Distintivo de Movilidad Eléctrica, además de cumplir con el registro oficial ante Semovi.

Por otro lado, los Vehículos Eléctricos Personales (VEP) cuentan con motor de menos de 250 watts y velocidad máxima de 25 kilómetros por hora. Estos solo requieren el distintivo correspondiente y quedan exentos de emplacamiento. La distinción responde a la necesidad de aplicar reglas proporcionales al riesgo real que cada tipo de unidad representa en el espacio público.

Requisitos para circular

Quienes posean un VEMEPE deberán presentar documentación que acredite la propiedad del vehículo, tramitar en línea la línea de captura, realizar el pago correspondiente y agendar cita en un Módulo de Control Vehicular. Allí se verificarán los documentos originales y se entregarán las placas y el distintivo. Además, será obligatoria la licencia de conducir tipo A1 o A2, según las características del equipo, junto con el conocimiento del Reglamento de Tránsito.

Restricciones de circulación

La norma prohíbe el uso de estos vehículos en banquetas, zonas peatonales, ciclovías, carriles exclusivos de transporte público y vías rápidas. Tampoco podrán circular por vialidades cuya velocidad máxima permitida supere los 50 kilómetros por hora. La medida busca evitar conflictos con peatones, ciclistas y usuarios del transporte colectivo, reconociendo que unidades con mayor potencia y velocidad requieren espacios viales diferentes.

Plazos y sanciones

El periodo de regularización para unidades ya existentes concluye el 20 de noviembre de 2026. A partir de esa fecha, circular sin la documentación requerida podrá generar multas de entre 10 y 20 UMAs, además de otras posibles sanciones. Las autoridades han señalado que el objetivo principal es reducir riesgos y definir responsabilidades claras en caso de incidentes.

Contexto y objetivos de la medida

El crecimiento sostenido de scooters, bicimotos y bicicletas eléctricas en la capital ha generado presión sobre la infraestructura vial y ha aumentado los reportes de conflictos en espacios compartidos. La regulación publicada en la Gaceta Oficial busca ordenar esta movilidad emergente sin impedir su uso, estableciendo parámetros claros que diferencian entre equipos de baja y alta potencia. Al vincular las obligaciones al peso, la velocidad y la potencia, la autoridad aplica un criterio técnico que permite una gestión más precisa del espacio público.

El uso obligatorio de casco y elementos reflectantes forma parte del mismo paquete de medidas orientadas a la seguridad. Estas disposiciones equiparan parcialmente a los VEMEPE con las motocicletas, reconociendo que su desempeño en velocidad los acerca más a este tipo de vehículos que a las bicicletas tradicionales.

La implementación gradual, con un periodo de regularización de casi cinco meses, permite a los usuarios existentes adaptarse al nuevo esquema sin generar un impacto inmediato en la movilidad cotidiana. Al mismo tiempo, la exigencia de licencia y registro crea un registro oficial que facilitará la identificación de responsables en caso de accidentes, un aspecto que hasta ahora carecía de marco claro.

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