La alianza entre Delta y Aeroméxico conserva por ahora su inmunidad antimonopolio en Estados Unidos. El Tribunal de Apelación del Undécimo Circuito anuló la decisión del Departamento de Transporte estadounidense (DOT) que buscaba retirarla, al concluir que la dependencia no justificó de forma suficiente su cambio de criterio frente al mercado aéreo entre México y Estados Unidos.

El fallo representa una victoria jurídica y comercial para las dos aerolíneas, que desde 2016 cuentan con autorización para coordinar rutas, horarios, capacidad, comercialización e ingresos en el mercado bilateral. En aquel momento, el DOT consideró que el acuerdo podía elevar la competencia y beneficiar a los pasajeros.
El giro del DOT
Años después de aprobar la alianza, el DOT modificó su postura. La autoridad vinculó su revisión con decisiones del gobierno mexicano sobre el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México (AICM), entre ellas la reducción de capacidad y el traslado de las aerolíneas exclusivas de carga al Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles (AIFA).
En septiembre de 2025, el Departamento de Transporte decidió solicitar la anulación de la inmunidad antimonopolio. Su argumento fue que esas medidas habían deteriorado las condiciones de competencia previstas en la relación aérea bilateral.
La objeción de la Corte
El tribunal no descartó que existan problemas relacionados con el AICM. Sin embargo, cuestionó la metodología usada por el DOT. Cuando autorizó la alianza, la dependencia había evaluado el mercado México-Estados Unidos en conjunto y más de mil pares de ciudades; para retirar el permiso, concentró prácticamente su razonamiento en un aeropuerto que representa alrededor de 21% de los vuelos entre ambos países.
La Corte señaló que el DOT no explicó por qué las dificultades en el AICM justificaban desmontar una alianza que opera en todo el mercado bilateral. También encontró una diferencia de trato frente a alianzas con aerolíneas japonesas que operan en Haneda, pese a restricciones que impedían considerar plenamente abierto ese mercado. Para los jueces, la autoridad no sustentó suficientemente por qué aplicaba un estándar distinto a México.
El diferendo sigue abierto
La sentencia no resuelve si la reducción de slots, el traslado de la carga o la administración del AICM cumplen con el acuerdo aéreo bilateral de 2015. En mayo pasado, Washington y México alcanzaron un entendimiento preliminar para avanzar hacia el cumplimiento de ese pacto, aunque el DOT advirtió que necesitaba observar acciones concretas.
La resolución elimina, por ahora, la medida dirigida contra Delta y Aeroméxico, pero no extingue la controversia entre los dos gobiernos. El pendiente permanece en las condiciones regulatorias y en los compromisos que México y Estados Unidos deberán atender dentro de su relación aérea bilateral.
