Un Tribunal de Enjuiciamiento del Distrito Judicial de Pachuca declaró culpable a Marco Antonio “N.”, expolicía municipal de Mineral de la Reforma, por el feminicidio de su expareja Rosaura y los homicidios de dos integrantes de su familia, además del intento de homicidio contra otras dos personas. La resolución se emitió el 7 de julio de 2026, un año y cinco meses después de los hechos ocurridos en la comunidad de Azoyatla.
El fallo estableció la responsabilidad penal del acusado por feminicidio, homicidio doloso calificado y homicidio doloso calificado en grado de tentativa. Aunque la etapa del juicio oral concluyó con esta determinación, el proceso continúa abierto hasta la audiencia de individualización de sanciones programada para el 9 de julio de 2026, donde se definirán la pena de prisión y las medidas de reparación del daño.
El veredicto y sus alcances inmediatos
El Tribunal consideró acreditada la autoría de Marco Antonio “N.” en el ataque contra cinco miembros de una misma familia. Rosaura falleció como consecuencia del feminicidio, mientras que su madre y un hermano perdieron la vida por homicidio doloso calificado. El padre y otro hermano sobrevivieron con lesiones que configuraron el delito en grado de tentativa. Esta distinción de conductas penales refleja el análisis detallado de las circunstancias de cada agresión durante el juicio oral.
La decisión judicial modifica la situación procesal del exagente, quien pasó de ser procesado como acusado a declarado culpable. Sin embargo, la pena concreta dependerá de los elementos que se presenten en la siguiente audiencia, donde también se evaluarán las obligaciones de reparación hacia las víctimas y sus familiares.

Secuencia de los hechos en Azoyatla
Los hechos se registraron la mañana del 5 de febrero de 2025 dentro de un domicilio en Azoyatla, municipio de Mineral de la Reforma. Según la investigación presentada en el proceso, Marco Antonio “N.” accedió a la vivienda y atacó con un arma punzocortante a los cinco integrantes de la familia. Rosaura, su madre y un hermano fallecieron en el lugar, mientras que el padre y otro hermano resultaron heridos. El acusado fue detenido el mismo día y quedó sujeto al procedimiento penal que ahora concluyó en su fase de juicio oral.
Antecedentes de violencia y medidas previas
El caso incluye un historial de denuncias por violencia familiar. En 2024, Marco Antonio “N.” enfrentó un procedimiento por este delito y permaneció privado de la libertad menos de un mes, entre el 21 de octubre y el 15 de noviembre. Una jueza suspendió posteriormente ese proceso y lo liberó bajo medidas cautelares que incluían la prohibición de acercarse a Rosaura. La víctima había manifestado oposición a esa decisión por temor a una nueva agresión, postura que también fue respaldada por el Ministerio Público en ese momento.
El 26 de enero de 2025, el acusado volvió a privar de la libertad a Rosaura, lo que derivó en una nueva denuncia por violencia familiar. La audiencia correspondiente fue aplazada a solicitud de la defensa, y el ataque fatal ocurrió el 5 de febrero, antes de que se llevara a cabo la diligencia reprogramada. Estos elementos han generado cuestionamientos sobre la efectividad de las medidas de protección adoptadas por las autoridades antes del crimen.
Otras sentencias previas y su relación con el proceso actual
Antes del fallo del 7 de julio de 2026, Marco Antonio “N.” ya contaba con dos condenas por delitos vinculados a hechos anteriores. Una de ellas impuso 10 años y seis meses de prisión por violencia familiar, y otra estableció nueve años, cuatro meses y nueve días de prisión por privación ilegal de la libertad. Estas resoluciones corresponden a procesos distintos al juicio que acaba de concluir y no modifican la necesidad de determinar una pena específica por los delitos cometidos en Azoyatla.
Repercusiones públicas y discusión institucional
El caso provocó reacciones de familiares, amistades y colectivos en Hidalgo, quienes solicitaron revisar la respuesta institucional ante las denuncias previas de violencia. El señalamiento se centra en si las medidas cautelares y los procedimientos anteriores resultaron suficientes para garantizar la seguridad de Rosaura. Esta discusión sobre posibles fallas en la protección de víctimas se mantiene separada de la responsabilidad penal ya establecida contra el agresor.
El proceso penal principal avanzó hasta el juicio oral iniciado en mayo de 2026, donde se presentaron pruebas y testimonios que permitieron al Tribunal emitir el fallo condenatorio. La audiencia del 9 de julio definirá las consecuencias penales concretas, incluyendo el tiempo de prisión y las reparaciones ordenadas a favor de los sobrevivientes y familiares de las víctimas.
