Sheinbaum acota intervención sobre derechos de las audiencias

La presidenta Claudia Sheinbaum afirmó este martes 4 de agosto que el proyecto de lineamientos sobre derechos de las audiencias no permitirá al Gobierno determinar qué información es verdadera ni sancionar a periodistas, conductores o comentaristas por expresar opiniones distintas. Según explicó durante su conferencia matutina en Palacio Nacional, la intervención oficial se limitaría a posibles incumplimientos de las concesionarias de radio y televisión frente a obligaciones de información, transparencia y atención a las quejas del público.

El documento fue publicado por la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones y se encuentra en consulta pública del 27 de julio al 21 de agosto de 2026. Por ello, todavía no constituye una regulación definitiva ni genera obligaciones inmediatas. La Comisión deberá revisar las observaciones de medios, especialistas, organizaciones y ciudadanos antes de aprobar una versión final, un proceso que será determinante para precisar el alcance de las facultades de supervisión y de las eventuales sanciones.

La propuesta busca distinguir información, opinión y publicidad

Sheinbaum sostuvo que los lineamientos pretenden garantizar que las audiencias sepan qué tipo de contenido están recibiendo, sin impedir que los comunicadores expresen puntos de vista. “Así como el Gobierno tiene que ser transparente, también los medios de información tienen que tener un código de ética para garantizar el derecho a la información”, declaró.

La consejera jurídica del Ejecutivo Federal, Luisa María Alcalde, detalló que las empresas concesionarias tendrían que elaborar y publicar sus propios códigos de ética, designar a una persona defensora de las audiencias y establecer procedimientos para recibir y responder inconformidades. Esos códigos incluirían los principios editoriales de cada medio, sus valores, el método para nombrar al defensor y las vías disponibles para presentar quejas.

En televisión, la naturaleza del contenido podría identificarse mediante mensajes, cortinillas, placas u otros elementos visibles al inicio y al final de los programas. En radio se utilizarían avisos sonoros. Las señales indicarían si se trata de información noticiosa, de un espacio que combina noticias y opiniones o de un programa dedicado principalmente al análisis y los comentarios. La medida, de acuerdo con la explicación oficial, no prohibiría opinar, sino que ofrecería al público elementos para diferenciar los géneros y valorar el contenido.

El proyecto también plantea separar la publicidad y los patrocinios de la información periodística. Los espacios comerciales integrados a un programa tendrían que identificarse con un aviso visible en televisión o mediante una mención verbal en radio. Además, los concesionarios deberían informar cuando un programa hubiera incluido segmentos comercializados o patrocinados. El objetivo es evitar que la publicidad o la propaganda se presenten como una noticia, una exigencia que podría afectar especialmente a los formatos en los que las marcas participan dentro de la narrativa del programa.

La censura previa queda excluida en el texto

La Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión establece que estas reglas deben respetar la libertad de expresión, la libertad editorial y la libertad de programación, y prohíbe la censura previa. El borrador retoma esa protección al señalar que sus disposiciones no pueden interpretarse como una autorización para limitar el derecho a la información o controlar anticipadamente los contenidos.

La presidenta ya había rechazado el 31 de julio que las sanciones pudieran dirigirse contra comunicadores por el contenido de sus opiniones. En la conferencia de este martes reiteró que el eventual procedimiento se enfocaría en las empresas concesionarias y en el cumplimiento de sus obligaciones. La diferencia es relevante: mientras una opinión editorial permanecería protegida, la falta de mecanismos de defensa, de avisos sobre publicidad o de un código de ética podría generar responsabilidades para la empresa que opera la señal.

Quejas internas antes de una intervención regulatoria

El proyecto no crea una oficina gubernamental encargada de certificar cada noticia antes de su difusión. Los propios medios tendrían que definir en sus códigos los criterios para verificar la información y acreditar que, al publicarla, contaban con elementos para considerarla verdadera. También deberían adoptar medidas para evitar la difusión de información falsa, descontextualizada o de hechos históricos presentados como actuales.

La revisión se activaría a partir de una queja ante la defensoría de audiencias del medio, no mediante una autorización previa del Gobierno. El defensor solicitaría información a la concesionaria y analizaría el material transmitido. Si concluyera que hubo una vulneración de derechos, podría recomendar la rectificación o modificación del contenido, del programa o de la publicidad. La empresa tendría que informar qué acciones tomó. Solo en caso de incumplimiento de esa recomendación, el defensor podría solicitar la intervención de la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones.

Aunque el defensor sería nombrado por la empresa, el borrador exige que actúe con imparcialidad e independencia y que no haya trabajado para la concesionaria durante los dos años previos a su designación. Este punto será uno de los aspectos sometidos a evaluación, porque la eficacia del sistema dependerá tanto de la autonomía real de esa figura como de la capacidad de las audiencias para acceder a procedimientos claros y verificables.

Multas para concesionarias, no para opiniones

La legislación vigente prevé multas de entre 0.01% y 1% de los ingresos acumulables por no ofrecer mecanismos de defensa, no nombrar a un defensor de las audiencias o no emitir un código de ética. En la primera infracción, la Comisión debe emitir una amonestación antes de imponer una sanción económica. El borrador añade una cláusula que permitiría aplicar el mismo rango de multas por incumplir otras disposiciones de los lineamientos y autoriza monitoreos y requerimientos de información.

El alcance de esa cláusula aún no está definido y dependerá del texto que se apruebe después de la consulta pública. Esa incertidumbre explica parte del debate: el Gobierno sostiene que no se sancionarán posturas editoriales, mientras que medios y organizaciones podrán evaluar si las facultades de monitoreo y las reglas sobre información falsa ofrecen garantías suficientes para impedir interpretaciones expansivas.

Los lineamientos se dirigirían principalmente a estaciones de radio, canales de televisión abierta, servicios de televisión y audio de paga y empresas programadoras de contenidos audiovisuales. No establecerían las mismas obligaciones para periódicos impresos, portales informativos independientes ni usuarios de redes sociales. Si la Comisión aprueba el documento, las disposiciones entrarían en vigor 30 días naturales después de su publicación en el Diario Oficial de la Federación; a partir de entonces comenzarían los plazos para registrar los códigos de ética y a los defensores de las audiencias.

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