La reducción gradual de la jornada laboral de 48 a 40 horas semanales dejó sin una regla explícita el futuro de los turnos nocturnos en México. La reforma prevé recortar dos horas por año entre 2027 y 2030, pero únicamente precisa el ajuste de la jornada diurna, que actualmente es de ocho horas diarias.
La jornada nocturna se mantiene en siete horas diarias y comprende el periodo de las 20:00 a las 06:00 horas del día siguiente. Su límite semanal es de 42 horas. Por ello, si no se modifica su regulación, en 2030 un trabajador nocturno podría laborar más horas a la semana que uno diurno, pese a que la legislación reconoce el mayor desgaste asociado al trabajo nocturno.

Cinco rutas sobre la mesa
Especialistas identifican cinco posibles soluciones. La primera consiste en reducir proporcionalmente todas las jornadas; bajo esa lógica, la nocturna llegaría a unas 35 horas semanales en 2030 y conservaría su diferencia frente a la diurna. La segunda limitaría el recorte a la jornada diurna, una alternativa que mantendría la nocturna en 42 horas y generaría una desigualdad difícil de justificar.
Un tercer escenario igualaría todas las jornadas en 40 horas semanales, aunque eliminaría la compensación legal por el desgaste nocturno. Los dos restantes dependen del descanso: si el trabajador debe permanecer en el centro laboral durante los 30 minutos de reposo, ese tiempo cuenta como jornada y la empresa tendría que reducir las horas ordinarias; si puede salir, el descanso no se computaría y la jornada efectiva quedaría por debajo de 40 horas.
El punto crítico no es solo el número final de horas, sino la reorganización operativa que exigirá cada alternativa. Empresas con vigilancia, manufactura, transporte, salud y servicios deberán revisar turnos, pausas y costos antes de 2029. Carlos Ferrán Martínez y Diego García Saucedo advierten que esperar una definición tardía podría provocar incumplimientos, porque la reforma aún no resuelve cómo debe aplicarse la reducción a quienes trabajan de noche.
